3. Otras disposiciones. . (2025/112-33)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del II Convenio Colectivo de la Asociación Arrabal-AID.
41 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 112 - Viernes, 13 de junio de 2025
página 8389/37

del comité de empresa o delegados/as de personal, para el mejor esclarecimiento de los
hechos, y a la sección sindical si se tuviera comunicación fehaciente de su afiliación o si
lo solicitara el afectado/a.
Para la imposición de sanciones por falta muy grave será preceptiva la instrucción de
expediente disciplinario informativo donde se recojan detalladamente los hechos objeto
de sanción.
Este expediente se remitirá a la persona trabajadora para que formule las alegaciones
oportunas durante un plazo de siete días naturales. La entidad además podrá imponer la
suspensión de empleo y sueldo de modo cautelar hasta la resolución del expediente.
De este expediente además se dará traslado al comité de empresa o personas
delegadas de personal, y a la sección sindical si se tuviera comunicación fehaciente de
su afiliación o si lo solicitara el afectado o afectada, para que, ambas partes y en este
plazo de siete días, puedan manifestar a la entidad lo que consideren conveniente para el
esclarecimiento de los hechos.
Transcurrido este plazo y aunque el comité de empresa o las personas delegadas de
personal, la sección sindical o la persona trabajadora no hayan hecho uso del derecho
que se les concede a formular alegaciones, se procederá a imponer a la persona
trabajadora la sanción, en su caso, que se estime oportuna, de acuerdo a la gravedad de
la falta y lo estipulado por el presente convenio.
Es absolutamente indispensable la tramitación de expediente contradictorio para la
imposición de sanciones graves y muy graves, cuando se trate de miembros del comité
de empresa, personas delegadas de personal y/o personas delegadas sindicales, tanto
si se hallan en activo de sus cargos sindicales como si aún se hallan en el período
reglamentario de garantías.
El incumplimiento de cualquiera de los trámites del presente artículo por parte de la
entidad debe dejar nula la efectividad de la sanción, así como la calificación de la misma.
CAPÍTULO XIV
Mejoras sociales

Artículo 46. Plazas de gratuidad.
Con el fin de facilitar la conciliación de las personas trabajadoras de la entidad los
hijos/as o menores a partir de seis años que se encuentren a cargo de las personas
trabajadoras de Arrabal tendrán derecho a la asistencia gratuita:
-Un día por semana a las clases de refuerzo educativo impartidas por la entidad.
-Por el tiempo total a los Campamentos Urbanos que organiza la entidad de forma
anual.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00321990

Artículo 45. Seguros de responsabilidad civil.
Todos los centros, entidades o proyectos afectados por este Convenio deberán contar
la correspondiente póliza de seguros que garanticen las coberturas de responsabilidad
civil y accidentes individuales de todo el personal afectado por este Convenio.
De dicha póliza será contratante, tomadora y depositaria la entidad.
Los centros, entidades o proyectos afectados por este Convenio deberán disponer
de dicha póliza en el plazo de dos meses, a partir de la publicación de este Convenio,
y notificarán a las personas representantes de los trabajadores y trabajadoras los
pormenores de las mismas y los procedimientos a seguir en caso de siniestros.
Las garantías y coberturas de las pólizas deberán incluir la responsabilidad civil en que
puedan incurrir las personas trabajadoras con motivo de sus actuaciones exclusivamente
profesionales, con inclusión de fianza y defensa criminal y cualquier daño inmaterial y/o
corporal frente a personas usuarias.