3. Otras disposiciones. . (2025/119-45)
Orden de 17 de junio de 2025, por la que se dispone la publicación de la Orden de 27 de junio de 2024, por la que se resuelve aprobar definitivamente de manera parcial la revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de La Línea de la Concepción, junto a su normativa urbanística.
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Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda

BOJA

Secretaría General Técnica
Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA

Número 119 - Martes, 24 de junio de 2025
página
8825/35
Hoja 35
de 435

ORGANISMO:
DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO Y AGENDA URBANA

ulterior planeamiento de desarrollo, incluidos los plazos de ejecución de las correspondientes áreas y
sectores.

CAPÍTULO 3. - PUBLICIDAD DEL PLAN GENERAL
Artículo 1.3.1. Principio de Publicidad del Planeamiento(E)
El principio de publicidad del planeamiento tiene como finalidad facilitar a los propietarios el cumplimiento de sus
deberes legales y ofrecer, a los ciudadanos en general, información sobre la actividad administrativa en materia de
urbanismo, como garantía de la legalidad urbanística.
Artículo 1.3.2. Información Urbanística(E)
1.

El principio de publicidad del planeamiento se hace efectivo mediante los siguientes tipos de información
urbanística, que se tramitarán preferentemente por vía telemática:

a) Consulta directa del planeamiento
b) Consultas urbanísticas previas
c) Informes urbanísticos
d) Cédulas urbanísticas
2.

El Ayuntamiento podrá denegar motivadamente la información solicitada cuando concurran algunas de las
circunstancias siguientes:

a)

Que la información no obre en poder del Ayuntamiento.

b)

Que la solicitud esté formulada de manera genérica o sea irrazonable.

c)

Que la solicitud se refiera a material en curso de elaboración o inconcluso, entendiendo por ello, la
información sobre materias en las que el Ayuntamiento está trabajando. En este caso en la denegación de
la solicitud se mencionará el tiempo previsto para su finalización.

d)

Que se trate de datos que estén protegidos por la legislación sobre protección de datos de carácter
personal, de propiedad intelectual, industrial o de carácter comercial.

Artículo 1.3.3. Consulta directa del planeamiento(P)
Toda persona tiene derecho a tomar vista por sí misma, y gratuitamente, de la documentación integrante del
Plan General y de los instrumentos de desarrollo del mismo con las condiciones de funcionamiento del servicio
fijadas al efecto.

2.

Estará disponible para su consulta toda la documentación, debidamente actualizada y con constancia de los
respectivos actos de aprobación definitiva, así como los de aprobación inicial y provisional de sus eventuales
modificaciones en curso.

00322424

1.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja