3. Otras disposiciones. . (2025/119-45)
Orden de 17 de junio de 2025, por la que se dispone la publicación de la Orden de 27 de junio de 2024, por la que se resuelve aprobar definitivamente de manera parcial la revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de La Línea de la Concepción, junto a su normativa urbanística.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda
BOJA
Secretaría General Técnica
Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA
Número 119 - Martes, 24 de junio de 2025
página
8825/37
Hoja 37
de 435
ORGANISMO:
DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO Y AGENDA URBANA
4.
Documentación requerida para realizar las consultas:
a)
b)
Consultas comunes:
Solicitud en formulario normalizado.
Identificación de la finca, polígono o sector de manera que no puedan producirse dudas acerca de su
situación y de las demás circunstancias de hecho que concurran.
Consulta urbanística especial
Solicitud en formulario normalizado.
Plano parcelario señalando la situación precisa de la finca o parcela objeto de consulta.
Memoria descriptiva y justificativa de la actuación.
Planos acotados a escala adecuada, de plantas, alzados, secciones, que definan el estado actual del
edificio y el propuesto.
En su caso, cuadro comparativo de parámetros urbanísticos del estado actual y normativa de
aplicación.
En obras de nueva edificación y situadas en áreas protegidas, alzado del tramo o tramos de calle
completos a los que dará fachada el edificio.
Descripción fotográfica en color del edificio o zona objeto de la consulta.
Certificaciones registrales y catastrales descriptivas y gráficas
Y cualquier otra necesaria para determinar el alcance de la consulta.
La documentación aportada deberá venir firmada por técnico competente.
Artículo 1.3.5. Informes urbanísticos(P)
Toda persona puede solicitar por escrito informe sobre el régimen urbanístico aplicable a una finca, unidad de
ejecución o sector, el cual deberá emitirse en el plazo de un mes por el servicio municipal determinado al
efecto, salvo que se requiera informe de otros servicios municipales o se precise que el interesado aporte
nueva documentación o complete su consulta.
2.
A la solicitud se deberá acompañar plano de emplazamiento de la finca con referencia a los planos a escala
1:1.000, como mínimo, del Plan General o bien la numeración o denominación oficial precisa del área de
reparto, unidad de ejecución o sector objeto de consulta. Los servicios municipales podrán requerir al
solicitante cuantos otros datos de localización o antecedentes fuesen precisos para la información, en cuyo
caso queda suspendido el plazo para su emisión, hasta su cumplimiento.
3.
El Ayuntamiento, al contestar la consulta, hará referencia a todos los datos suministrados por el administrado
y a los demás que tiendan a individualizar el objeto sobre el que recae la información. La información
municipal señalará el tipo y categoría de suelo que corresponda a la finca, polígono o sector de que se trate y
00322424
1.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Articulación del Territorio y Vivienda
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Número 119 - Martes, 24 de junio de 2025
página
8825/37
Hoja 37
de 435
ORGANISMO:
DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO Y AGENDA URBANA
4.
Documentación requerida para realizar las consultas:
a)
b)
Consultas comunes:
Solicitud en formulario normalizado.
Identificación de la finca, polígono o sector de manera que no puedan producirse dudas acerca de su
situación y de las demás circunstancias de hecho que concurran.
Consulta urbanística especial
Solicitud en formulario normalizado.
Plano parcelario señalando la situación precisa de la finca o parcela objeto de consulta.
Memoria descriptiva y justificativa de la actuación.
Planos acotados a escala adecuada, de plantas, alzados, secciones, que definan el estado actual del
edificio y el propuesto.
En su caso, cuadro comparativo de parámetros urbanísticos del estado actual y normativa de
aplicación.
En obras de nueva edificación y situadas en áreas protegidas, alzado del tramo o tramos de calle
completos a los que dará fachada el edificio.
Descripción fotográfica en color del edificio o zona objeto de la consulta.
Certificaciones registrales y catastrales descriptivas y gráficas
Y cualquier otra necesaria para determinar el alcance de la consulta.
La documentación aportada deberá venir firmada por técnico competente.
Artículo 1.3.5. Informes urbanísticos(P)
Toda persona puede solicitar por escrito informe sobre el régimen urbanístico aplicable a una finca, unidad de
ejecución o sector, el cual deberá emitirse en el plazo de un mes por el servicio municipal determinado al
efecto, salvo que se requiera informe de otros servicios municipales o se precise que el interesado aporte
nueva documentación o complete su consulta.
2.
A la solicitud se deberá acompañar plano de emplazamiento de la finca con referencia a los planos a escala
1:1.000, como mínimo, del Plan General o bien la numeración o denominación oficial precisa del área de
reparto, unidad de ejecución o sector objeto de consulta. Los servicios municipales podrán requerir al
solicitante cuantos otros datos de localización o antecedentes fuesen precisos para la información, en cuyo
caso queda suspendido el plazo para su emisión, hasta su cumplimiento.
3.
El Ayuntamiento, al contestar la consulta, hará referencia a todos los datos suministrados por el administrado
y a los demás que tiendan a individualizar el objeto sobre el que recae la información. La información
municipal señalará el tipo y categoría de suelo que corresponda a la finca, polígono o sector de que se trate y
00322424
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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