3. Otras disposiciones. . (2025/119-45)
Orden de 17 de junio de 2025, por la que se dispone la publicación de la Orden de 27 de junio de 2024, por la que se resuelve aprobar definitivamente de manera parcial la revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de La Línea de la Concepción, junto a su normativa urbanística.
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Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda

BOJA

Secretaría General Técnica
Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA

Número 119 - Martes, 24 de junio de 2025
página
8825/59
Hoja 59
de 435

ORGANISMO:
DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO Y AGENDA URBANA

plusvalías generadas por la actividad pública de planificación y que asciende al 10% del aprovechamiento
medio del área de reparto en que se integra la unidad de ejecución.
d) Proceder a la equitativa distribución de beneficios y cargas derivadas del planeamiento, lo que exigirá la
aprobación del proyecto de reparcelación previo al inicio de las obras de urbanización.
e) Ceder la superficie de terrenos en los que deban localizarse los excedentes de aprovechamiento que tenga
la unidad de ejecución respecto del aprovechamiento medio del área de reparto. Estos excesos se podrán
destinar a compensar a propietarios afectados por sistemas generales y restantes dotaciones no incluidas
en unidades de ejecución, así como a propietarios de terrenos con un aprovechamiento objetivo inferior.
f)

Costear la urbanización, y en el caso del sistema de compensación ejecutarla en el plazo establecido al
efecto.

g) Conservar las obras de urbanización y mantener las dotaciones y servicios públicos hasta su recepción
municipal.
h) Solicitar y obtener licencia municipal, con carácter previo a cualquier acto de transformación o uso del
suelo, natural o construido.
i)

Destinar el suelo al uso previsto por la ordenación.

j)

Realizar la edificación en las condiciones fijadas por la ordenación urbanística, una vez el suelo tenga la
condición de solar.

k) Conservar y en su caso rehabilitar la edificación realizada para que mantenga las condiciones requeridas
para el otorgamiento de autorización para su ocupación.
Artículo 2.3.8. Régimen del Suelo Urbano No Consolidado no incluido en unidades de ejecución con delimitación de
Áreas de Reparto(E)
1.

Serán deberes de los propietarios que tengan suelo en esta situación, los siguientes:
a) Ceder obligatoria y gratuitamente al municipio los terrenos destinados a sistemas locales y generales
incluidos en el Área de Reparto.
b) Ceder obligatoria y gratuitamente al municipio la superficie de los terrenos ya urbanizados en los que se
localice el 10 % del aprovechamiento del área de reparto.
c) Ceder la superficie de terrenos en los que se localicen los excedentes de aprovechamiento con respecto al
aprovechamiento medio del área de reparto. Estos excesos se podrán destinar a compensar a
propietarios/as afectados por sistemas generales y restantes dotaciones del área de reparto, así como a
propietarios/as de terrenos con un aprovechamiento objetivo inferior.
d) Proceder a ajustar el aprovechamiento subjetivo con el objetivo, mediante la aplicación de las
transferencias de aprovechamientos urbanísticos.

00322424

e) Ejecutar la urbanización, que alcanzará a las obras que afectan a la vía o vías que den frente a la parcela,
así como las correspondientes a todas las demás infraestructuras, nuevas o complementarias a las

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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