Autoridades y personal. . (2025/119-35)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesorado Ayudante Doctor/a.
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 119 - Martes, 24 de junio de 2025
página 8880/8

10. Resolución del concurso.
10.1. Una vez finalizado el concurso, la Comisión hará públicos los resultados de
la evaluación de cada persona candidata, desglosada por cada uno de los aspectos
evaluados, realizando la propuesta de contratación, que se publicará en el tablón
electrónico de la universidad, y entregando en el Área de Ordenación Académica de la
Universidad de Huelva, en el plazo máximo de 3 días hábiles, la documentación relativa
al concurso.
10.2. Frente a las propuestas de contratación, las personas candidatas podrán
interponer recurso de alzada ante el Rector/a, cuya Resolución agotará la vía
administrativa, de acuerdo con el artículo 149.2.f) de Estatutos de la Universidad de
Huelva, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
10.3. Una vez llevada a cabo la valoración de las personas candidatas y realizada
la propuesta de contratación por la Comisión de Selección, el Vicerrectorado con
competencias en materia de profesorado, en cumplimiento del art. 21.2 del I Convenio de
Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades Públicas de
Andalucía, informará al comité de empresa para que pueda supervisar la documentación
y las valoraciones llevadas a cabo por dicha Comisión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322479

9. Procedimiento de Selección.
9.1. En las plazas de PAD, el concurso consistirá en la baremación de los méritos
presentados por las personas candidatas, de acuerdo con el baremo previsto en el
presente reglamento.
9.2. La Comisión de Selección atenderá en la aplicación de dicho baremo a los
principios de igualdad, mérito y capacidad, y podrá requerir la participación de expertos
en los términos previstos en este reglamento.
9.3. Reunida la Comisión de Selección, se emitirá un informe individualizado y
motivado de todas y cada una de las personas candidatas. Dicho informe versará sobre
los dos aspectos siguientes:
a) Sobre la adecuación de los méritos de la persona candidata al perfil de la plaza,
conforme a los baremos que resulten de aplicación.
La Comisión de Selección no valorará méritos no acreditados documentalmente ni
méritos que no se encuentren adecuadamente ordenados en función de la convocatoria.
Solo serán valorados los méritos acreditados en los apartados especificados por las
personas candidatas. Asimismo, no se podrá presentar el mismo mérito en dos apartados
diferentes, baremándose el que aparezca en el primer lugar consignado. Procede,
asimismo, aplicar la afinidad de los méritos de las personas candidatas, de acuerdo con
el apartado siguiente de este artículo.
b) Sobre la afinidad de la persona candidata.
Se establecerá la afinidad con relación al perfil de la plaza de acuerdo a la normativa
vigente. Para objetivar estos informes, los Consejos de Departamentos, a instancia de
las áreas o especialidades de conocimiento, aprobarán una tabla de afinidades aplicable
a cada uno de los apartados del baremo, de las que darán traslado al Vicerrectorado
competente para su aprobación por la Comisión de Ordenación Académica, con vigencia
temporal indefinida, salvo que el Departamento, de forma motivada, proponga su
modificación y siempre que no se encuentre abierto un proceso de convocatoria. Los
porcentajes de afinidad, cuando correspondan, deberán aplicarse a cada uno de los
méritos alegados por las personas candidatas, siendo estos porcentajes de 100%, 50%
y 0%.
c) Para ser adjudicatario/a de una plaza de Profesorado Ayudante Doctor/a, será
necesario alcanzar una puntuación mínima de 35.