Disposiciones generales. . (2025/121-1)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la contratación laboral de personal investigador que posea el título de Doctor o Doctora en el campo de las Ciencias y Tecnologías de la Salud, para su incorporación a grupos de investigación en centros del Sistema Sanitario Público de Andalucía, en Institutos de Investigación Sanitaria y Centros de Investigación participados por la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía para 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 121 - Jueves, 26 de junio de 2025
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producción científica, y que no tengan financiado más de un proyecto en convocatorias
competitivas nacionales o internacionales desde su constitución.

Noveno. Datos sobre las actividades para los que se solicita la subvención.
El apartado 4 del Anexo I de solicitud contendrá los datos completos sobre la actividad
que se relacionan a continuación:
1. Memoria de la actividad, que incluirá al menos los siguientes apartados:
• Antecedentes y estado actual del tema de estudio.
• Objetivos que se persiguen con el programa propuesto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00322655

Octavo. Cuantía máxima a conceder, duración y condiciones de los contratos.
1. La cuantía de la subvención se establecerá de forma independiente para cada
solicitud, sumando el contrato más el complemento de movilidad asociado al mismo, en
su caso.
Como regla general será subvencionable un contrato por cada grupo, atendiendo al
orden de prioridad establecido por el grupo para cada candidato y a la puntuación total
de cada solicitud. En caso de existir crédito sobrante después del reparto entre todos
los grupos que cumplan los requisitos previstos en las bases reguladoras y los criterios
de evaluación, se iniciará un nuevo reparto para realizar un segundo contrato entre los
grupos para los que se haya solicitado más de uno, hasta agotar los créditos disponibles.
Este reparto se volverá a realizar si se vuelven a quedar créditos sin adjudicar.
A tal efecto, la entidad solicitante deberá presentar una solicitud por cada persona
investigadora propuesta. En caso de solicitar más de una persona de un mismo grupo de
investigación se deberá indicar el orden de prioridad con objeto de establecer la prelación,
en el supuesto de que no pueda ser subvencionada más de una persona por grupo.
2. Las retribuciones anuales subvencionables para el contrato postdoctoral serán la
establecidas en la convocatoria del ministerio competente en materia investigación en
salud para la Acción Estratégica en Salud del Instituto de Salud Carlos III de 2025 para un
contrato postdoctoral Sara Borrel, más todos los costes de Seguridad Social que conlleve
la contratación, con una dotación de 39.636,00 € anuales el primer y segundo año, y
46.242,00 € el tercer año de contrato, incluida la cuota de la Seguridad Social a cargo de
la empresa y resto de gastos de contratación (32,12%).
3. Solo serán financiables contratos con una duración mínima de 6 meses y máxima
de 36. Si por causa de la renuncia de la persona contratada o de la entidad beneficiaria la
duración final del contrato es inferior a 6 meses, se procederá a la pérdida de derecho al
cobro de la subvención o al reintegro de las cantidades ya abonadas.
4. La contratación deberá iniciarse en el plazo determinado en la resolución de
concesión de las subvenciones, que determinará excepciones para su inicio inmediato,
motivado por autorizaciones de alguna Administración Pública u otra causa debidamente
justificada que impida la contratación en dicho plazo.
5. Además del contrato, son subvencionables los complementos de movilidad del
personal contratado que se deberán realizar en centros de investigación de reconocido
prestigio nacional e internacional, para períodos mínimos de tres meses y máximos de
seis meses. Su dotación económica será la establecida en la convocatoria de ayudas
para la movilidad del personal investigador, en sus dos modalidades (M-BAE y M-AES),
de la Acción Estratégica en Salud del Instituto de Salud Carlos III de 2025.
La dotación económica para cada complemento de movilidad será de 80 euros o
de 115 euros por día de estancia según se trate de centros españoles o extranjeros,
que se librará a la entidad beneficiaria en cuantía total proporcional al número de días
concedidos. Las cuantías se aplicarán para gastos de alojamiento, manutención y
locomoción.
El máximo financiable por este concepto es de 14.400 euros por contrato.