Disposiciones generales. . (2025/126-3)
Orden de 20 de junio de 2025, por la que se convocan para el año 2025 las ayudas previstas en la Orden de 6 de mayo de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a cofinanciar la adquisición de vehículos para la recogida separada de biorresiduos.
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Número 126 - Jueves, 3 de julio de 2025
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b) Reformular su solicitud siempre que, habiéndose previsto en el apartado 2.b) del
Cuadro Resumen de las bases reguladoras, el importe de la subvención de la propuesta
de resolución provisional sea inferior al que figura en su solicitud, en orden a ajustar
los compromisos y condiciones a la subvención otorgable. En todo caso se respetará el
objeto, las condiciones, la finalidad y los criterios objetivos de valoración establecidos en
las bases reguladoras.
c) Comunicar su aceptación a la subvención propuesta. Sin perjuicio de lo previsto
en el apartado 4 del artículo 17 de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que
se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de
la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva, la propuesta provisional se tendrá por aceptada:
- Cuando se proponga la concesión de la subvención por un importe inferior al
solicitado, al transcurrir el plazo para reformular sin que las entidades beneficiarias
provisionales o suplentes comuniquen su desistimiento.
- Cuando se proponga la concesión de los importes solicitados sin que se comunique
el desistimiento por las entidades beneficiarias provisionales.
2. A los efectos del trámite de audiencia, alegaciones, reformulación y aceptación,
regulados en el punto anterior, la entidad solicitante o beneficiaria de la ayuda deberá
cumplimentar el modelo de formulario que figura como Anexo II adjunto a esta convocatoria
y que podrá encontrarse en la dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y
Servicios de la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía,
indicado en el apartado 2 del resuelvo primero.
3. La documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos deberá
presentarse conforme al punto 15 del Cuadro Resumen de las bases reguladoras de
esta subvención, acompañando al Anexo II. A continuación se detalla la documentación
requerida:
a) Acreditación del tipo de entidad solicitante: Certificado, de la persona titular que
ejerce las funciones de la secretaría de la entidad solicitante, acreditando el tipo de
entidad correspondiente o el tipo de empresa pública constituida por la entidad local.
b) Acreditación de la competencia en recogida de residuos: Certificado, de la
persona titular que ejerce las funciones de la secretaría de la entidad solicitante, u otra
documentación acreditativa, relativa a la ostentación de las competencias en materia de
recogida de residuos municipales.
c) Acta o certificado de la persona titular que ejerce las funciones de la secretaría
donde conste el acuerdo de solicitar la subvención, adoptado por el órgano competente
según su norma reguladora.
d) Presupuesto del/los vehículo/s a adquirir. Se incluirá el desglose por tipo de
vehículo. Además, el presupuesto incluirá los conceptos desglosados en partidas
financiables y no financiables. Se indicará el presupuesto con y sin IVA, ya que éste
no será financiable en ninguno de los casos. También será subvencionable el coste del
serigrafiado en vinilo plástico adhesivo del frontal y los laterales del vehículo.
e) Memoria técnica justificativa de la solicitud de la ayuda. Deberá indicar una
descripción detallada y el alcance de la actuación, incluyendo como mínimo los siguientes
aspectos:
- Ámbito de actuación, identificando municipio/s, zonificación concreta afectada por la
recogida para los vehículos solicitados
- Escenario base, especificando el grado de implantación de la recogida separada de
biorresiduos existente en el municipio, qué tipos de biorresiduos se recogen previamente
a la ejecución de la actuación para el que se solicita la ayuda.
- Detalle de la población destinataria de la actuación de recogida separada de
biorresiduos objeto de la ayuda. Esta información debe incluir el número de habitantes o
la población específica que se verá beneficiada por la implementación de la medida, con
el fin de poder evaluar el alcance del impacto de la intervención.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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