Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01535/2025)
Aprobación inicial de modificación del Reglamento regulador de protección civil
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Anuncio 1535/2025

3. Las agrupaciones estarán obligadas a elaborar y mantener un inventario de todo el material y equipamiento de su
propiedad, que deberá ser almacenado de forma ordenada, numerada y ser conservado en buenas condiciones.
4. Los equipos de protección individual atenderán a los colores internacionales de protección civil, azul y naranja. Podrán
incorporar elementos de alta visibilidad y reflectantes.
Artículo 25.- Uso del equipamiento.
1. El uso que darán los miembros del voluntariado al equipamiento será adecuado en todo momento, no debiendo hacer
uso del mismo fuera de las actuaciones propias de la Agrupación.
2. El voluntario tiene el deber de conservar y mantener en perfectas condiciones de uso el material y equipo que se le haya
confiado.
3. Los daños causados en los mismos como consecuencia del trato indebido o falta de cuidado, serán responsabilidad del
voluntario.
4. En cualquier caso, todo el material en poder del voluntario será devuelto a la Agrupación si se modificarán las
circunstancias que aconsejaron o habilitaron tal depósito y siempre dentro del plazo de diez días naturales al Ayuntamiento
de Jerez de los Caballeros.
Artículo 26.- Automóviles.
1. Los automóviles empleados en el servicio de las agrupaciones serán de color blanco. Pueden llevar algún elemento de
color naranja, conforme a lo que se disponga en la correspondiente orden de desarrollo.
2. El distintivo del voluntariado de protección civil se ubicará centrado en el capó y en las puertas delanteras del vehículo.
3. Se dispondrá la inscripción "Protección Civil" + "Municipio/Entidad Local (insignia)"
4. Alrededor del vehículo se ubicará un damero reflectante de color naranja.
5. Si en aplicación de las normas de identidad corporativa se debieran ubicar otros distintivos o rotulación se realizará de
modo que no dificulte la identificación del carácter del vehículo.
6. En el caso de que el vehículo proceda de una donación de una entidad pública o privada, se admitirá la inscripción de su
logo identificativo en uno o ambos laterales traseros del vehículo, siempre que el tamaño y su posición no den lugar a
confusión en cuanto al carácter del vehículo y su fin.
Artículo 27.- Motocicletas, ciclomotores y bicicletas.
1. Las motocicletas, ciclomotores y bicicletas empleadas en el servicio de las agrupaciones serán de color blanco. Pueden
llevar algún elemento de color naranja, conforme a lo que se disponga en la correspondiente orden de desarrollo.
2. En un lugar visible las motocicletas, ciclomotores y bicicletas llevarán el distintivo del voluntariado de protección civil y la
inscripción "Protección Civil" + "Municipio/Entidad Local (insignia)".
3. Si en aplicación de las normas de identidad corporativa se debieran ubicar otros distintivos o rotulación se realizará de
modo que no dificulte la identificación del carácter del vehículo.
4. En el caso de que la motocicleta proceda de una donación de una entidad pública o privada, se admitirá la inscripción de
su logo identificativo en uno o ambos laterales de la misma, siempre que el tamaño y su posición no den lugar a confusión
en cuanto al carácter del vehículo y su fin.
Artículo 28.- Embarcaciones.
1. A lo largo de las embarcaciones se ubicará una franja suficientemente visible, respetando, en todo caso, la normativa
sobre señalización náutica.
2. En la parte trasera de las bandas de babor y de estribor se dispondrá el distintivo del voluntariado de protección civil.
3. En las bandas de babor y de estribor, en lugar visible, se dispondrá la inscripción "Protección Civil" + "Municipio/Entidad
Local".
Artículo 29.- Instalaciones.
1. A efectos de lo dispuesto en el presente estatuto, las instalaciones podrán ser fijas o móviles.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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