Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Albuera. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (01785/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del proyecto ESCALA "Albañilería La Albuera"
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Ayuntamiento de La Albuera
Anuncio 1785/2025
para la resolución de conflictos y favorecimiento de la integración grupal.
Artículo 3.- Condiciones de los participantes.
El proyecto ESCALA "Albañilería La Albuera" consta de:
1) Una primera etapa de carácter formativo inicial, de tres meses de duración, donde los participantes tienen
la consideración de alumnos, sin relación contractual, pero con derecho a percibir una beca mensual por
importe de 13,50 € por día lectivo de asistencia al Proyecto.
2) Y una segunda etapa de formación en alternancia con el trabajo, de nueve meses de duración, donde los
participantes de la primera etapa, que reúnan los requisitos y exigencias del programa, serán contratados por
la entidad promotora en la modalidad del contrato de formación en alternancia, pasando a tener la
consideración de alumnado-trabajador (considerados "trabajadores" por su relación contractual con el
Ayuntamiento de La Albuera, entidad promotora del proyecto, y a la vez, manteniendo la condición de
"alumnado"). Percibiendo un salario equivalente al 75% del Salario Mínimo Interprofesional anualmente
establecido, incluida la parte proporcional (9 meses de contrato) correspondientes a 2 pagas extraordinarias
en cómputo anual.
Como norma general, el horario de este proyecto será de lunes a viernes, 7 horas lectivas diarias, sumando en cómputo
semanal, un total de 35 horas semanales.
Artículo 4.- Condiciones del personal directivo, docente y apoyo.
El personal directivo y docente de este proyecto mantiene una relación con el Ayuntamiento de La Albuera (entidad
promotora) mediante contrato laboral temporal de 12 meses y 14 días de duración, vinculado a los programas de políticas
activas de empleo. Considerándose a todos los efectos empleados públicos de dicha entidad pública local, sin que la
temporalidad del contrato suponga una vulneración del principio de igualdad de trato o no discriminación.
La entidad promotora garantiza, que todos los trabajadores a su servicio, sean tratados con equidad en términos de
derechos y garantías fundamentales, aplicando el conjunto de normativa vigente que asegure el principio de la norma más
beneficiosa con las limitaciones y condiciones que estipule la ley para los trabajadores temporales en las Administraciones
Públicas.
Artículo 5.- Jornada de trabajo.
Se establece como jornada de trabajo para todos los miembros que componen el Proyecto ESCALA "Albañilería La Albuera",
tanto personal directivo, docente y de apoyo, como el alumnado en primera etapa del proyecto, y alumnado-trabajador en
segunda etapa del proyecto, la siguiente:
5.1. Jornada a tiempo completo, prestadas de lunes a viernes en el horario establecido según contratación
laboral, y sujeto a modificaciones conforme a las necesidades formativas y/o laborales que puedan
presentarse el desarrollo del proyecto.
5.2. Se considera jornada laboral, tanto las horas dedicadas a formación teórica, teórico-práctica, práctica,
como las dedicadas a trabajos reales, de cada etapa del proyecto en el que se encuentren.
5.3. Descansos diarios de 30 minutos de duración, conocidos con antelación a su disfrute, pero sujetos a
flexibilidad y adaptación según necesidades operativas del proyecto y a criterio de la Directora-Gestora.
Quedando asegurados y compensados, con los oportunos ajustes de horarios, dichos descansos y el
bienestar de todos los miembros del proyecto.
Trascurrido el tiempo de descanso, todos los miembros del proyecto deberán retomar su actividad laboral y
continuar con las tareas asignadas sin retrasos indebidos. El alumnado o alumnado-trabajador se incorporará
puntualmente a sus tareas, siguiendo las indicaciones dadas por su superior a cargo.
Artículo 6.- Calendario laboral.
El Proyecto ESCALA "Albañilería La Albuera" se regirá por el calendario laboral oficial que anualmente se establezca en la
Administración pública; y en particular por el calendario laboral establecido por el Ayuntamiento de La Albuera, entidad
promotora, sin perjuicio de lo contemplado en la normativa de los programas de formación y empleo que les regula, en
cuanto a días no lectivos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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para la resolución de conflictos y favorecimiento de la integración grupal.
Artículo 3.- Condiciones de los participantes.
El proyecto ESCALA "Albañilería La Albuera" consta de:
1) Una primera etapa de carácter formativo inicial, de tres meses de duración, donde los participantes tienen
la consideración de alumnos, sin relación contractual, pero con derecho a percibir una beca mensual por
importe de 13,50 € por día lectivo de asistencia al Proyecto.
2) Y una segunda etapa de formación en alternancia con el trabajo, de nueve meses de duración, donde los
participantes de la primera etapa, que reúnan los requisitos y exigencias del programa, serán contratados por
la entidad promotora en la modalidad del contrato de formación en alternancia, pasando a tener la
consideración de alumnado-trabajador (considerados "trabajadores" por su relación contractual con el
Ayuntamiento de La Albuera, entidad promotora del proyecto, y a la vez, manteniendo la condición de
"alumnado"). Percibiendo un salario equivalente al 75% del Salario Mínimo Interprofesional anualmente
establecido, incluida la parte proporcional (9 meses de contrato) correspondientes a 2 pagas extraordinarias
en cómputo anual.
Como norma general, el horario de este proyecto será de lunes a viernes, 7 horas lectivas diarias, sumando en cómputo
semanal, un total de 35 horas semanales.
Artículo 4.- Condiciones del personal directivo, docente y apoyo.
El personal directivo y docente de este proyecto mantiene una relación con el Ayuntamiento de La Albuera (entidad
promotora) mediante contrato laboral temporal de 12 meses y 14 días de duración, vinculado a los programas de políticas
activas de empleo. Considerándose a todos los efectos empleados públicos de dicha entidad pública local, sin que la
temporalidad del contrato suponga una vulneración del principio de igualdad de trato o no discriminación.
La entidad promotora garantiza, que todos los trabajadores a su servicio, sean tratados con equidad en términos de
derechos y garantías fundamentales, aplicando el conjunto de normativa vigente que asegure el principio de la norma más
beneficiosa con las limitaciones y condiciones que estipule la ley para los trabajadores temporales en las Administraciones
Públicas.
Artículo 5.- Jornada de trabajo.
Se establece como jornada de trabajo para todos los miembros que componen el Proyecto ESCALA "Albañilería La Albuera",
tanto personal directivo, docente y de apoyo, como el alumnado en primera etapa del proyecto, y alumnado-trabajador en
segunda etapa del proyecto, la siguiente:
5.1. Jornada a tiempo completo, prestadas de lunes a viernes en el horario establecido según contratación
laboral, y sujeto a modificaciones conforme a las necesidades formativas y/o laborales que puedan
presentarse el desarrollo del proyecto.
5.2. Se considera jornada laboral, tanto las horas dedicadas a formación teórica, teórico-práctica, práctica,
como las dedicadas a trabajos reales, de cada etapa del proyecto en el que se encuentren.
5.3. Descansos diarios de 30 minutos de duración, conocidos con antelación a su disfrute, pero sujetos a
flexibilidad y adaptación según necesidades operativas del proyecto y a criterio de la Directora-Gestora.
Quedando asegurados y compensados, con los oportunos ajustes de horarios, dichos descansos y el
bienestar de todos los miembros del proyecto.
Trascurrido el tiempo de descanso, todos los miembros del proyecto deberán retomar su actividad laboral y
continuar con las tareas asignadas sin retrasos indebidos. El alumnado o alumnado-trabajador se incorporará
puntualmente a sus tareas, siguiendo las indicaciones dadas por su superior a cargo.
Artículo 6.- Calendario laboral.
El Proyecto ESCALA "Albañilería La Albuera" se regirá por el calendario laboral oficial que anualmente se establezca en la
Administración pública; y en particular por el calendario laboral establecido por el Ayuntamiento de La Albuera, entidad
promotora, sin perjuicio de lo contemplado en la normativa de los programas de formación y empleo que les regula, en
cuanto a días no lectivos.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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