Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud. Servicio Provincial de Bibliotecas (Badajoz). (01860/2025)
Bases de la convocatoria de la concesión de subvenciones en especie para la dotación de fondos bibliográficos y audiovisuales a entidades locales de la provincia de Badajoz
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Área de Cultura, Deportes y Juventud
Anuncio 1860/2025
con el gasto a contratar por la Diputación para la adquisición de fondos bibliográficos y audiovisuales.
Base 7.ª.- Publicación de la convocatoria.
1. La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia por el conducto de la BDNS, en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones, y en la web de la Diputación Provincial de Badajoz, en la dirección:
www.dip-badajoz.es/diputación/subvenciones para general conocimiento de los interesados.
2. La concurrencia al proceso de concesión implicará la manifestación tácita de consentimiento inequívoco al tratamiento de
datos de carácter personal y a su publicación, todo ello de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
3. Para todas aquellas cuestiones no contempladas en las presentes bases y la interpretación de las dudas que puedan
surgir en su aplicación será competente el órgano con facultades para aprobar las mismas, que queda autorizado para
dictar aquellos actos que sean precisos para su desarrollo.
Base 8.ª.- Solicitudes, plazo de presentación, documentación a presentar y subsanación de errores.
El plazo para presentar la solicitud será de 30 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de
la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
La solicitud se formalizará en la sede electrónica de Diputación de Badajoz y deberá contener la firma electrónica requerida
por la Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación de
Badajoz y sus entidades y organismos dependientes (BOP número 9 de 15 de enero de 2021) y se acompañará de todos los
documentos que determina esta convocatoria.
Las solicitudes se tramitarán exclusivamente a través del registro electrónico, ubicado en la sede electrónica de Diputación
de Badajoz en la dirección https://sede.dip-badajoz.es, conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público y la Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación
de Badajoz, no admitiéndose ninguna solicitud que tenga entrada por cualquier otro medio. En el supuesto de que se
produjera una incidencia técnica en el registro electrónico de la Diputación de Badajoz, debidamente acreditada por este,
que impida la presentación de las solicitudes en algún momento del último día del plazo establecido para ello, el Centro
Gestor podrá abrir un nuevo plazo de presentación de las mismas de 5 días naturales. Para ello, una vez subsanada la
incidencia, a la mayor brevedad posible y, en todo caso antes de que se inicie la tramitación de las solicitudes, deberá
realizar una publicación en la sede electrónica, estableciendo la apertura de dicho plazo.
La presentación de las solicitudes, a través de la sede electrónica podrá realizarse durante las 24 horas de todos los días del
plazo establecido.
El acceso deberá realizarse con certificado digital de representación de la entidad local. Los pasos a seguir para realizar el
acceso son:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
2. Acceder con "Entidad Local".
3. En "Trámites por delegaciones" seleccionar "Cultura, Deportes y Juventud".
4. Seleccionar el trámite "Solicitud de subvención destinada a los municipios y entidades locales menores de
la provincia de Badajoz para la dotación de fondos bibliográficos y audiovisuales".
5. Identificarse con el certificado digital de representación de la entidad.
6. Cumplimentar los datos correspondientes a la entidad local y al representante.
7. Cumplimentar el formulario correspondiente a la solicitud de la convocatoria.
8. Adjuntar los anexos y otros documentos requeridos en la convocatoria.
9. Verificar los datos del interesado y representante, la solicitud correspondiente a la convocatoria y los
anexos adjuntados.
10. Firmar y finalizar.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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con el gasto a contratar por la Diputación para la adquisición de fondos bibliográficos y audiovisuales.
Base 7.ª.- Publicación de la convocatoria.
1. La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia por el conducto de la BDNS, en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones, y en la web de la Diputación Provincial de Badajoz, en la dirección:
www.dip-badajoz.es/diputación/subvenciones para general conocimiento de los interesados.
2. La concurrencia al proceso de concesión implicará la manifestación tácita de consentimiento inequívoco al tratamiento de
datos de carácter personal y a su publicación, todo ello de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
3. Para todas aquellas cuestiones no contempladas en las presentes bases y la interpretación de las dudas que puedan
surgir en su aplicación será competente el órgano con facultades para aprobar las mismas, que queda autorizado para
dictar aquellos actos que sean precisos para su desarrollo.
Base 8.ª.- Solicitudes, plazo de presentación, documentación a presentar y subsanación de errores.
El plazo para presentar la solicitud será de 30 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de
la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
La solicitud se formalizará en la sede electrónica de Diputación de Badajoz y deberá contener la firma electrónica requerida
por la Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación de
Badajoz y sus entidades y organismos dependientes (BOP número 9 de 15 de enero de 2021) y se acompañará de todos los
documentos que determina esta convocatoria.
Las solicitudes se tramitarán exclusivamente a través del registro electrónico, ubicado en la sede electrónica de Diputación
de Badajoz en la dirección https://sede.dip-badajoz.es, conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público y la Ordenanza reguladora del procedimiento administrativo electrónico y del registro electrónico en la Diputación
de Badajoz, no admitiéndose ninguna solicitud que tenga entrada por cualquier otro medio. En el supuesto de que se
produjera una incidencia técnica en el registro electrónico de la Diputación de Badajoz, debidamente acreditada por este,
que impida la presentación de las solicitudes en algún momento del último día del plazo establecido para ello, el Centro
Gestor podrá abrir un nuevo plazo de presentación de las mismas de 5 días naturales. Para ello, una vez subsanada la
incidencia, a la mayor brevedad posible y, en todo caso antes de que se inicie la tramitación de las solicitudes, deberá
realizar una publicación en la sede electrónica, estableciendo la apertura de dicho plazo.
La presentación de las solicitudes, a través de la sede electrónica podrá realizarse durante las 24 horas de todos los días del
plazo establecido.
El acceso deberá realizarse con certificado digital de representación de la entidad local. Los pasos a seguir para realizar el
acceso son:
1. Entrar en la dirección https://sede.dip-badajoz.es.
2. Acceder con "Entidad Local".
3. En "Trámites por delegaciones" seleccionar "Cultura, Deportes y Juventud".
4. Seleccionar el trámite "Solicitud de subvención destinada a los municipios y entidades locales menores de
la provincia de Badajoz para la dotación de fondos bibliográficos y audiovisuales".
5. Identificarse con el certificado digital de representación de la entidad.
6. Cumplimentar los datos correspondientes a la entidad local y al representante.
7. Cumplimentar el formulario correspondiente a la solicitud de la convocatoria.
8. Adjuntar los anexos y otros documentos requeridos en la convocatoria.
9. Verificar los datos del interesado y representante, la solicitud correspondiente a la convocatoria y los
anexos adjuntados.
10. Firmar y finalizar.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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