Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Santos de Maimona. Área de Igualdad (Badajoz). (02611/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del programa de formación y empleo escuela de aprendizaje laboral ESCALA "Piropo Blanco"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Los Santos de Maimona
Anuncio 2611/2025
El Programa ESCALA Piropo Blanco proporcionará al inicio del proyecto el siguiente uniforme: 1 chaleco, 1 polar, 1 sudadera,
4 camisas de manga corta, 2 pantalones, y un par de botas de seguridad. Así como los equipos de protección individual
necesarios. Y guantes a renovar cuando se deterioren.
El uso de las prendas será obligatorio y se utilizará exclusivamente en horas de servicio. Su mantenimiento es
responsabilidad directa de cada trabajador.
Todo el personal está sujeto a comunicar a la dirección del centro, cualquier desperfecto que apreciase tanto en
instalaciones, mobiliario, equipos, herramientas, así como el abandono o incumplimiento de normas de seguridad e higiene.
Artículo 14.- Régimen disciplinario: Faltas, sanciones, competencia, prescripción y procedimiento.
A) Las faltas: Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en los apartados
siguientes, así como las sanciones correspondientes a cada una de ellas.
A.1.- Faltas leves:
- La incorrección o falta de respeto con sus compañeros/as.
- Hasta tres faltas reiteradas de puntualidad sin causa justificada que superen los
diez minutos en el plazo de un mes.
- Las discusiones durante la jornada laboral. Si tales discusiones produjesen
graves escándalos o alborotos, podrán ser consideradas como faltas graves o
muy graves.
- La práctica de todo tipo de juegos, uso de móviles o máquinas encaminadas a
distraer la atención de cualquier miembro del programa durante el horario de
trabajo y formación. Se solicitará siempre el uso del móvil al responsable del
equipo técnico, o responsable del desarrollo de las actividades formativas o
laborales.
- El bajo rendimiento, comportamiento apático sin causa justificada, tanto en las
actividades formativas como en el trabajo propio del programa. Interrupciones
que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo efectivo y el
consiguiente perjuicio para los compañeros.
- Presentarse a clase sin los útiles necesarios por descuido inexcusable.
- El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal del que disponen para
el desarrollo de su trabajo durante la totalidad de la jornada laboral (incluidos el
tiempo de descanso).
- El descuido o mal uso de las instalaciones, mobiliario, herramientas y
materiales del centro.
- La no comunicación con la antelación debida de una falta por causa justificada,
a no ser que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
- La no presentación en tiempo oportuno y reglamentado (tres días a partir de la
ausencia en el trabajo) de los justificantes, salvo que se pruebe la imposibilidad
de hacerlo.
- Fumar en zonas no permitidas.
- Introducir en el centro de trabajo a personas ajenas al proyecto, sin previo
aviso o permiso correspondiente, poniéndola en posible riesgo y
responsabilizando consecuentemente a la dirección. Está prohibido el paso a
toda persona ajena al proyecto, salvo en determinadas situaciones de
promoción, divulgación o difusión del proyecto tales como visitas programadas,
jornadas de puertas abiertas, exposiciones…
- Desobedecer una orden de un miembro del equipo técnico/monitores en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El Programa ESCALA Piropo Blanco proporcionará al inicio del proyecto el siguiente uniforme: 1 chaleco, 1 polar, 1 sudadera,
4 camisas de manga corta, 2 pantalones, y un par de botas de seguridad. Así como los equipos de protección individual
necesarios. Y guantes a renovar cuando se deterioren.
El uso de las prendas será obligatorio y se utilizará exclusivamente en horas de servicio. Su mantenimiento es
responsabilidad directa de cada trabajador.
Todo el personal está sujeto a comunicar a la dirección del centro, cualquier desperfecto que apreciase tanto en
instalaciones, mobiliario, equipos, herramientas, así como el abandono o incumplimiento de normas de seguridad e higiene.
Artículo 14.- Régimen disciplinario: Faltas, sanciones, competencia, prescripción y procedimiento.
A) Las faltas: Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en los apartados
siguientes, así como las sanciones correspondientes a cada una de ellas.
A.1.- Faltas leves:
- La incorrección o falta de respeto con sus compañeros/as.
- Hasta tres faltas reiteradas de puntualidad sin causa justificada que superen los
diez minutos en el plazo de un mes.
- Las discusiones durante la jornada laboral. Si tales discusiones produjesen
graves escándalos o alborotos, podrán ser consideradas como faltas graves o
muy graves.
- La práctica de todo tipo de juegos, uso de móviles o máquinas encaminadas a
distraer la atención de cualquier miembro del programa durante el horario de
trabajo y formación. Se solicitará siempre el uso del móvil al responsable del
equipo técnico, o responsable del desarrollo de las actividades formativas o
laborales.
- El bajo rendimiento, comportamiento apático sin causa justificada, tanto en las
actividades formativas como en el trabajo propio del programa. Interrupciones
que entorpezcan tanto las clases teóricas como el trabajo efectivo y el
consiguiente perjuicio para los compañeros.
- Presentarse a clase sin los útiles necesarios por descuido inexcusable.
- El no usar y/o descuidar el vestuario y material personal del que disponen para
el desarrollo de su trabajo durante la totalidad de la jornada laboral (incluidos el
tiempo de descanso).
- El descuido o mal uso de las instalaciones, mobiliario, herramientas y
materiales del centro.
- La no comunicación con la antelación debida de una falta por causa justificada,
a no ser que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
- La no presentación en tiempo oportuno y reglamentado (tres días a partir de la
ausencia en el trabajo) de los justificantes, salvo que se pruebe la imposibilidad
de hacerlo.
- Fumar en zonas no permitidas.
- Introducir en el centro de trabajo a personas ajenas al proyecto, sin previo
aviso o permiso correspondiente, poniéndola en posible riesgo y
responsabilizando consecuentemente a la dirección. Está prohibido el paso a
toda persona ajena al proyecto, salvo en determinadas situaciones de
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