Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Benquerencia de la Serena. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (02676/2025)
Aprobación definitiva del Reglamento de régimen interno del centro residencial mixto y servicio de centro de día para personas mayores autónomas y/o en situación de dependencia
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Ayuntamiento de Benquerencia de la Serena

Anuncio 2676/2025

N.º de orden:
Fecha:
Hoja de reclamaciones y sugerencias
Datos de identificación
Nombre:
Apellidos:
DNI:
Habitación:
Otros datos:
Motivo de la reclamación:
Documentos que acompaña:
Firma:
Reclamante reclamado/a
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Fdo.-.................................................
TÍTULO III.- SISTEMA DE COBRO DE TASAS

Capítulo I.- De la manutención, asistencia y estancia
El Servicio no tendrá carácter gratuito, sin perjuicio de que las personas que carezcan de recursos suficientes para abonar el
importe y tengan derecho en la forma y condiciones que reglamentariamente se determinen, a la exención total o parcial del
coste de la plaza.
Artículo 22.º.- El sistema de cobro se regirá por lo establecido en la Ordenanza fiscal reguladora del servicio de centro
residencial mixto y servicio de centro de día para personas mayores autónomas y /o en situación de dependencia de
Benquerencia de la Serena, entrando en vigor, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Artículo 23.º.- Los precios serán actualizables con carácter anual, según IPC, fijado a 30 de noviembre de cada año, aplicable
transcurrido el primer año de prestación del servicio y vigente a 1 de enero del año siguiente, siempre que conlleve la
revalorización de las pensiones, caso contrario se estará a lo dispuesto para éstas.
Artículo 24.º.-El precio de la plaza se hará efectivo en los cinco primeros días del mes en curso a través de domiciliación
bancaria.
Artículo 25.º.- No se descontará de la mensualidad, los períodos en los que las personas por cualquier motivo, se ausentaran
del centro por vacaciones, fines de semana, ingresos hospitalarios, etc.
TÍTULO IV.- DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNO.
Capítulo I.- De las normas generales
Artículo 26.º.- Por los diferentes servicios, cuyo precio se regula en el apítulo1 del título III, se entiende:
Alojamiento: El uso de la habitación asignada, las áreas y servicios comunes, estará incluido el mantenimiento y la
limpieza de las referidas zonas.
Pensión completa: Desayuno, comida, merienda y cena.
La utilización de las dependencias del centro establecidas para ello según su condición de residente o usuario/a de
centro de día.
La organización de las actividades lúdicas, sociales, deportivas, turísticas, etc., cuando sean ofertadas.
Artículo 27.º.- No está incluido en el precio del servicio:
El material de uso personal: Ropa o calzado, cepillo, peine o cepillo del pelo, pañuelos de papel, etc.
Los costes de las excursiones programadas por el centro.
Otros servicios prestados por profesionales ajenos al centro (fisioterapia, podólogo y peluquero, etc.).
Gastos de teléfono y análogos.
Gastos farmacéuticos.
Cuales quiera otros gastos de carácter personal, o que no tengan relación con los servicios del centro.
Artículo 28.º.- En caso de ausencia voluntaria no superior a sesenta (60) días naturales, se reservará la plaza, siempre que la
persona abone el precio del servicio.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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