Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (02727/2025)
Bases de convocatoria para la provisión del puesto número 1692, perteneciente a la relación de puestos de trabajo de personal laboral fijo de la banda municipal, por sistema de concurso
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Ayuntamiento de Badajoz

Anuncio 2727/2025

antigüedad como empleado público en otras Administraciones Públicas.
- Se reconocen a efectos de antigüedad, los servicios previos a la condición de funcionario de carrera en las
vinculaciones de funcionario interino o en prácticas, contratado laboral o administrativo, en el Ayuntamiento
de Badajoz, excepto aquellos que tuvieran el carácter de prestaciones personales obligatorias.
- La valoración de la antigüedad será idéntica para todos los grupos y/o subgrupos, o agrupaciones
profesionales, valorándose en todo caso, con independencia del concreto grupo y/o subgrupo al que
pertenezca el puesto al que se pretenda concursar.
2) Experiencia relacionada con el puesto al que se concursa (no se computará el tiempo ocupando el puesto en comisión de
servicio).
Para la valoración de la experiencia, se valorará la experiencia en funciones similares a las del puesto al que se concursa,
dentro de la misma sección y, en defecto de ésta, servicio.
3) Formación Continua, incluida en planes de formación continua, relacionada con el puesto de trabajo al que se concursa.
- La formación debe estar relacionada con el puesto de trabajo al que se concursa.
- Se valorará únicamente la formación incluida en planes de formación continua.
- Los cursos de formación y perfeccionamiento, deberán haber sido impartidos por el Ayuntamiento de
Badajoz, demás Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos a los Planes de Formación Continua
de las Administraciones Públicas.
4) Por titulación Superior a la requerida para ocupar el puesto.
- No se valorará por titulación superior a la requerida para ocupar el puesto la obtenida por el Curso de
Adaptación a Grado (CAG) para antiguas Diplomaturas.
- Se tendrá en cuenta la posesión por los candidatos de títulos académicos oficiales superiores a los exigidos
para el ingreso en su correspondiente cuerpo o escala, y subgrupo o grupo, para el supuesto de que no tenga
subgrupo, aunque no esté relacionada con el puesto de trabajo al que se concursa.
- El Master Oficial Universitario y el título propio (no oficial) no se entienden como titulación superior.
◦ Méritos específicos.
Cada miembro de la Comisión de Valoración deberá valorar de forma individualizada cada uno de los apartados de la
memoria o proyecto relacionado con el puesto de trabajo.
La memoria se ajustará al siguiente esquema:
1.- Índice.
2.- Introducción.
3.- Conocimiento del puesto objeto de convocatoria.
Estructura del Servicio en que se ubica y descripción de puestos existentes.
Objetivos, funciones y misión del Servicio.
Funciones y tareas del puesto convocado.
Interrelación del puesto convocado con otros servicios municipales.
Recursos del puesto: Materiales, informáticos…
4.- Propuestas de mejora.
Propuesta de organización del Servicio.
Propuestas sobre tareas, funciones y perfil del puesto.
Propuestas sobre interrelación con otros Servicios municipales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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