Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia del Ventoso. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (03503/2025)
Bases reguladoras para la contratación de dos Peones de Servicios Múltiples
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Ayuntamiento de Valencia del Ventoso

Anuncio 3503/2025

- Preparación y ejecución de trabajos de construcción, como la colocación de materiales, el manejo de
herramientas y equipos, y la ejecución de tareas de mantenimiento y reparación.
- También puede encargarse de tareas de limpieza y preparación del área de trabajo, así como de la
supervisión de peones.
Quinta. Forma y plazo de presentación de instancias.
Las solicitudes (anexo I), requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán
constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán a la Sra.
Alcaldesa-Presidenta de este Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro electrónico general de este Ayuntamiento, o en
alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de
publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso
selectivo, es decir para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea
necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del/de la aspirante.
Sexta. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Sra. Alcaldesa-Presidenta dictará resolución, en el plazo máximo de un
mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos.
La resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz (BOP) en la sede electrónica
https://valenciadelventoso.com/, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Valencia del Ventoso, contendrá la relación
alfabética de los aspirantes admitidos y excluidos, así como las causas de exclusión de éstos.
Si no existieren reclamaciones la lista provisional se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de nueva
publicación.
Si alguna instancia adoleciere de algún defecto, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 días hábiles, contados
a partir de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz (BOP), subsane la falta o acompañe
los documentos preceptivos, con apercibimiento de que, de no hacerlo así, se archivará su instancia sin más trámite y será
excluido de la lista de aspirantes admitidos.
Se concederá idéntico plazo al anterior a efectos de reclamaciones, que, de haberlas, serán aceptadas o rechazadas en la
resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública y expuesta, asimismo, en la forma indicada
anteriormente.
Séptima. Sistemas y desarrollo del proceso de selección.
El procedimiento de selección será el de concurso-oposición libre, constando de dos fases. La fase oposición consistirá en la
realización de una serie de pruebas selectivas, obligatorias y eliminatorias para los aspirantes, que tendrá por objeto
conocer la capacidad, aptitud e idoneidad de los aspirantes para el desarrollo de las funciones propias del puesto a cubrir,
mientras que la fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos, de acuerdo al baremo consignado en la presente
convocatoria.
La puntuación máxima alcanzable será de 90 puntos en la fase de oposición y de 10 puntos en la fase de concurso.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo
causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad, por lo que los
candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Fase de oposición:
La fase de oposición consistirá en la realización de dos pruebas de aptitud eliminatorias y obligatorias para los aspirantes,
calificándose hasta un máximo de 90 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 45 puntos. La
puntuación de cada uno de los ejercicios se hallará calculando la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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