Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valencia de las Torres. Área de Igualdad (Badajoz). (03546/2025)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora del servicio de ayuda a domicilio
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Ayuntamiento de Valencia de las Torres

Anuncio 3546/2025

f) Haber obtenido una puntuación mínima de 25 puntos en el baremo Anexo II.
g) No convivir con familiares o personas que puedan satisfacer adecuadamente las necesidades del
solicitante.
h) Disponer de vivienda con suministro eléctrico y agua, y que no esté en peligro de ruinas.
i) No padecer enfermedad infectocontagiosa.
Artículo 6. Catálogo de servicios.
El reconocimiento al acceso al catálogo de servicios estará limitado por los recursos de los que disponga el Ayuntamiento de
Valencia de las Torres en cada momento.
Las prestaciones incluidas en el servicio de ayuda a domicilio son las siguientes:
Carácter doméstico:
Mantenimiento de limpieza o ayuda a la limpieza de la vivienda.
Preparación de alimentos en el hogar.
Lavado a máquina, planchado y organización de la ropa dentro del hogar.
Adquisición de alimentos u otras compras de artículos de primera necesidad por cuenta de la persona
usuaria.
Carácter personal:
Aseo e higiene personal de la persona usuaria.
Ayuda para el vestido, calzado o ingestión de alimentos.
Trasferencias, traslados y movilización dentro del hogar.
Actividades de la vida diaria que potencien la atención, cuidado y autonomía personal.
Ayuda y supervisión en la administración de medicamentos.
Recogida y gestión de recetas y documentos que tenga prescritos.
Cuidados básicos a personas incontinentes.
En personas con alto riesgo de aparición de úlceras por presión, prevenir estas mediante una correcta
higiene, cuidados de la piel y cambios posturales.
Apoyo familiar y relaciones con el entorno:
Compañía para evitar situaciones de aislamiento y soledad no deseada.
Acompañamiento fuera del hogar para posibilitar la participación de la persona usuaria en actividades
de carácter educativo, terapéutico y social, así como el acompañamiento puntual en la realización de
diversas gestiones: visitas médicas, tramitación de documentación y otras.
Facilitar actividades de ocio en el domicilio.
Desarrollo de hábitos de cuidado personal.
Potenciar y facilitar hábitos de convivencia y/o relaciones familiares y sociales.
Fomentar estilos de vida saludables y activos.
Las prestaciones de apoyo familiar y relaciones con el entorno serán establecidas por el/la Trabajador/a Social, quién
valorará los cuidados que necesita la persona beneficiaria y desarrollará las pautas de actuación en cada caso concreto.
Artículo 7. Prestaciones excluidas del servicio de ayuda a domicilio.
Prestaciones de carácter doméstico excluidas:
Subir a escaleras para limpieza en alto.
Descolgar y/o limpiar persianas por el exterior.
Descolgar lámparas.
Limpieza y pintura de paredes en profundidad.
Retirada de materiales de obras.
Limpieza de escaleras y portales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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