Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2025-2192)
BOP-2025-2192 Convocatoria de Ayudas Económicas para garantizar a los/a ciudadanos/as de Alcuéscar el derecho al acceso de Suministros Mínimos Vitales para el año 2025.
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se concede la ayuda solicitada puede conllevar la paradoja de incrementar aún más la
exclusión social de estas personas que es exactamente la finalidad que se persigue evitar con
estas ayudas.
5. Todos los requisitos deberán concurrir en el momento de presentación de la solicitud de la
ayuda y durante la percepción de la misma.
6. La concesión de la ayuda para suministros mínimos vitales será compatible con la
percep-ción de otras prestaciones, subvenciones o ayudas públicas o privadas que tengan la
mis-ma finalidad, siempre que el importe total abonado, individualmente o en concurrencia con
las otras prestaciones, subvenciones o ayudas, no supere el gasto facturado.
7. Se entenderá como persona beneficiaria de la ayuda a todos/as los/as miembros de la
unidad de convivencia, si bien solo podrá ser reconocida a favor de la persona solicitante
miembro de dicha unidad.
8. Se entiende por vivienda habitual aquella que constituya la residencia de la unidad de
convivencia y sea coincidente con el domicilio al que se refiere la facturación del suministro,
independientemente del título en virtud del cual se habite la misma, siempre que quede
acreditada la legalidad de dicho título.
Estos requisitos deberán ser acreditados por los/as solicitantes en la siguiente forma:
Original DNI del/a solicitante/pasaporte.
Certificado de convivencia / empadronamiento colectivo.
Copia/s compulsada/s del/os libro/s de familia, certificación del Registro Civil o
documentos equivalentes de su país de procedencia acreditativo del parentesco,
traducido al castellano.
En caso de nulidad, separación o divorcio, deberá aportarse copia de la sentencia o de
las medidas provisionales acordadas y del convenio regulador.
Informe de vida laboral de todos/as los/as miembros de la Unidad de convivencia
mayores de 18 años.
En su caso, nóminas de los 3 meses anteriores a la solicitud de la ayuda de todos/as
los/as miembros de la unidad de convivencia que hayan trabajado en ese periodo.
Copia de la declaración sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas o
certificado de imputaciones en caso de no tener obligación de realizarla, del último
ejercicio de la persona solicitante y del resto de personas integrantes de la unidad
familiar. En su caso, declaraciones trimestrales de ingresos (personas autónomas) y/o
Declaración de renta, según proceda.
CVE:
BOP-2025-2192
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 8 de mayo de 2025
N.º 0086
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