Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-2252)
BOP-2025-2252 Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Economía, Hacienda, Turismo y Relaciones con la UEx. Anualidad 2025.
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menos un gestor especializado en el ámbito de turismo.
 Gastos relacionados con la promoción y el marketing. Se destinarán
fondos a actividades centradas en la elaboración de materiales
promocionales, tales como catálogos, vídeos y contenido digital.
 Gastos en organización de eventos y visitas de familiarización, dirigidos a
organizadores de congresos, agencias de eventos y otros actores clave
del sector.
 Gastos relacionados con el mantenimiento y presencia online. Se
implementarán mejoras en las plataformas tecnológicas que facilitan la
promoción y gestión de los eventos.
 Gastos en el establecimiento de alianzas estratégicas con diversas
entidades y actores clave para maximizar su impacto y captar eventos de
gran relevancia, impulsando la integración activa de empresas locales de
servicios.
c) “Actividades de asistencia a los hermanos de carga y costaleros de las
Cofradía Penitenciales y Sacramentales de la Ciudad de Cáceres realizada por el Colegio
Profesional de Fisioterapeutas de Extremadura”
Se considerarán gastos subvencionables:
 Gastos relacionados con la asistencia de fisioterapeutas a los hermanos
de carga y costaleros durante la Semana Santa 2025.
CAPÍTULO II. BENEFICIARIOS Y PROCEDIMIENTOS DE CONCESIÓN
ARTÍCULO 6.- BENEFICIARIOS/AS
Tendrá la consideración de beneficiario/a de subvenciones la persona o asociación que
haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la
situación que legitima su concesión, que cumpla con los requisitos establecidos en la
normativa aplicable.
ARTÍCULO 7. - PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
La Concejalía de Economía, Hacienda, Turismo y Relaciones con la UEx concederá
subvenciones en los términos y con el alcance previsto en la Ley General de Subvenciones,
mediante concesión directa nominativa, siempre que estén previstas en el Presupuesto
General del Ayuntamiento para el ejercicio 2025.
En el presente procedimiento de concesión se deberán respetar los principios establecidos
en el artículo 2 de este plan.
Respecto a la competencia para su aprobación, la Base de ejecución 28º, y el artículo
21.1 s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de Bases de Régimen Local, el órgano
competente para la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de
Economía, Hacienda, Turismo y Relaciones con la UEx es la Alcaldía.
ARTÍCULO 8. CONCESIÓN DIRECTA.
Los Convenios serán el instrumento habitual para canalizar las subvenciones de concesión
directa nominativa.
En ellos se regularán las condiciones para la concesión de estas subvenciones, de
conformidad con lo previsto al respecto en la LGS y el las Bases de Ejecución del
presupuesto.
CAPÍTULO III. EFECTOS DEL PLAN, PLAZOS PARA SU CONSECUCIÓN, COSTES
PREVISIBLES Y FINANCIACIÓN.
ARTÍCULO 9. – EFECTOS.
Fomentar la realización de actividades de interés general, así como la colaboración entre
esta Concejalía y los particulares para la gestión de actividades de interés público.
Impulsar, promover y potenciar la participación de las Cofradías de nuestra ciudad en los
distintos ámbitos de gestión municipal de interés concurrente.
CVE:
BOP-2025-2252
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de mayo de 2025
N.º 0087
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