Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-2321)
BOP-2025-2321 Bases Convocatoria Anual de Subvenciones para el desarrollo, fomento y promoción de competiciones y eventos deportivos 2025.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Concejalía de Deporte
deportes@ayto-caceres.es
927 627 506
los interesados, concediéndoles un plazo de 10 días hábiles para la presentación de
alegaciones. En el caso de no presentarse alegaciones la Propuesta de Resolución
Provisional en cada uno de los períodos establecidos en la Base 3, quedará elevada a
definitiva.
No obstante, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el
procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que
las aducidas por los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá
el carácter de definitiva.
Examinadas las alegaciones aducidas, en su caso, por los interesados, se formulará
la propuesta de resolución definitiva en cada uno de los períodos establecidos en la Base 3,
que deberá expresar el solicitante o la relación de solicitantes para los que se propone la
concesión de subvención, y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios seguidos
para efectuarla.
La propuesta de resolución provisional o definitiva no crea derecho alguno a favor
del beneficiario propuesto, frente a este Ayuntamiento, mientras no se le haya notificado la
resolución de concesión en cada uno de los períodos establecidos en la Base 3.
La concesión de la subvención se realizará por el Alcalde-Presidente del Excmo.
Ayuntamiento de Cáceres, y en ella se especificará la entidad que resulta beneficiaria de la
subvención, el objeto de la misma, la actuación subvencionable, la cuantía total de la ayuda
otorgada, y las condiciones y obligaciones a que queda sujeto el beneficiario, indicándose
las consecuencias derivadas de su incumplimiento.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres
meses para cada uno de los dos periodos objetos de esta convocatoria, contados a partir de
la finalización del plazo de presentaciones de solicitudes de cada uno de ellos. El
vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los
interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión
de la subvención, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25,5 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdo con lo
previsto en el artículo 40 de la Ley 39/ 2015 de 1 de octubre de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
CVE:
BOP-2025-2321
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 13 de mayo de 2025
N.º 0089
Pág. 10846