Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2396)
BOP-2025-2396 Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento y constitución de comunidades energéticas locales participadas por municipios de la Provincia de Cáceres con una población inferior a 20.000 habitantes (CEL-2025).
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Área de Medio Ambiente, Transición Ecológica, Agricultura y Ganadería
LA0002766- Economía Verde y Circular
15
l) La solicitud de participación en esta convocatoria supone el compromiso del
Ayuntamiento beneficiario de cofinanciación del proyecto total de la inversión de
acuerdo con el siguiente desglose:
a) Proyecto de inversión con un presupuesto total superior a 80.000.-€ (IVA
incluido):
- Subvención provincial: 68.000.-€ (IVA incluido) cantidad máxima por
beneficiario y actuación.
- Aportación municipal: cantidad que reste de descontar al coste total
de la inversión la cantidad de 68.000.-€ (IVA incluido) correspondiente
a la aportación provincial.
b) Proyecto de Inversión con un presupuesto total igual o inferior a 80.000.-
€ (IVA incluido):
- Subvención provincial: 85% del presupuesto total del proyecto de
inversión.
- Aportación municipal: 15% del presupuesto total del proyecto de
inversión.
m) La presentación de la solicitud de participación en esta convocatoria implica el
compromiso del ayuntamiento beneficiario de asumir, con fondos propios,
cualquier gasto que exceda la cuantía máxima de subvención concedida. En
particular, cualquier gasto adicional derivado de la de la elaboración del proyecto
técnico, la dirección facultativa y la coordinación de seguridad y salud y ejecución
de la de la actuación.
n) Comunicar cualquier eventualidad en el desarrollo de la actividad subvencionada,
en el momento en que aquella se produzca, con el fin de obtener en su caso, la
correspondiente autorización sobre el cambio que resulte necesario realizar en los
datos facilitados por la entidad.
o) La entidad beneficiaria, deberá justificar ante el órgano concedente el
cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización completa de
la obra y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión de la
subvención.
p) Posibilitar toda capacidad de control e inspección de las actuaciones realizadas por
parte de la Diputación de Cáceres, tal y como se recoge en el Título III de la Ley
38/2003, General de Subvenciones, y con especial mención de lo recogido en el
artículo 46 sobre obligación de colaboración.
CVE:
BOP-2025-2396
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de mayo de 2025
N.º 0091
Pág. 11107
LA0002766- Economía Verde y Circular
15
l) La solicitud de participación en esta convocatoria supone el compromiso del
Ayuntamiento beneficiario de cofinanciación del proyecto total de la inversión de
acuerdo con el siguiente desglose:
a) Proyecto de inversión con un presupuesto total superior a 80.000.-€ (IVA
incluido):
- Subvención provincial: 68.000.-€ (IVA incluido) cantidad máxima por
beneficiario y actuación.
- Aportación municipal: cantidad que reste de descontar al coste total
de la inversión la cantidad de 68.000.-€ (IVA incluido) correspondiente
a la aportación provincial.
b) Proyecto de Inversión con un presupuesto total igual o inferior a 80.000.-
€ (IVA incluido):
- Subvención provincial: 85% del presupuesto total del proyecto de
inversión.
- Aportación municipal: 15% del presupuesto total del proyecto de
inversión.
m) La presentación de la solicitud de participación en esta convocatoria implica el
compromiso del ayuntamiento beneficiario de asumir, con fondos propios,
cualquier gasto que exceda la cuantía máxima de subvención concedida. En
particular, cualquier gasto adicional derivado de la de la elaboración del proyecto
técnico, la dirección facultativa y la coordinación de seguridad y salud y ejecución
de la de la actuación.
n) Comunicar cualquier eventualidad en el desarrollo de la actividad subvencionada,
en el momento en que aquella se produzca, con el fin de obtener en su caso, la
correspondiente autorización sobre el cambio que resulte necesario realizar en los
datos facilitados por la entidad.
o) La entidad beneficiaria, deberá justificar ante el órgano concedente el
cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización completa de
la obra y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión de la
subvención.
p) Posibilitar toda capacidad de control e inspección de las actuaciones realizadas por
parte de la Diputación de Cáceres, tal y como se recoge en el Título III de la Ley
38/2003, General de Subvenciones, y con especial mención de lo recogido en el
artículo 46 sobre obligación de colaboración.
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