Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2396)
BOP-2025-2396 Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento y constitución de comunidades energéticas locales participadas por municipios de la Provincia de Cáceres con una población inferior a 20.000 habitantes (CEL-2025).
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Área de Medio Ambiente, Transición Ecológica, Agricultura y Ganadería
LA0002766- Economía Verde y Circular
21
5. El tamaño máximo de los archivos que contengan el proyecto técnico de la ins-
talación solar fotovoltaica, no puede ser superior a 5 megas. Se recomienda
bajar la resolución de las imágenes y comprimir los archivos. En todo caso, si el
tamaño es superior se deberá habilitar un enlace para la descarga (con acceso
garantizado y sin coste) al proyecto de la instalación solar fotovoltaica que por
su tamaño no puede ser presentado por sede electrónica. El enlace se deberá
indicar en documento, según modelo normalizado, disponible en sede electró-
nica (Anexo IV) firmado por el titular de la Secretaría y con el visto bueno de la
persona que ostente la representación de la entidad. El acceso que deberá estar
garantizado desde el momento de la presentación de la solicitud junto con la
documentación preceptiva hasta la notificación de la resolución provisional de
concesión.
6. En el caso de instalaciones con una potencia superior a 15 kW, deberá obte-
nerse, si fuese necesario, la autorización de la compañía distribuidora de energía
eléctrica para el punto de conexión a la red de distribución y adjuntarse a la
solicitud de la subvención.
7. Los honorarios correspondientes a la redacción del proyecto técnico, la direc-
ción facultativa y la coordinación en materia de seguridad y salud no podrán
incluirse dentro del presupuesto del proyecto de ejecución de la instalación. El
citado gasto se reflejará de forma separada en el formulario de solicitud de la
ayuda, debiéndose adjunta con la solicitud, presupuesto o factura proforma, en
la que se desglose de forma individualizada cada uno de los gastos citados, emi-
tido por el/la profesional o entidad que vaya a prestar dichos servicios.
8. Alta de terceros, solo en aquellos casos en los que la Diputación no lo tenga a
su disposición o existiese variación de datos con respecto a la última que conste
en los archivos de la Diputación.
Todos los documentos normalizados, con independencia del carácter de los mismos,
para la correcta cumplimentación de la solicitud estarán disponibles en la sede electrónica,
tanto en la ficha descriptiva de la convocatoria como en los formularios electrónicos que
se deban cumplimentar. Los documentos se incorporarán en el archivo especificado para
ello en sede electrónica.
Si la entidad solicitante necesitara incorporar algún otro documento para complementar
información, podrá dirigirse al órgano gestor para plantear tal circunstancia, quien autori-
zará, en su caso, adjuntarlo bajo la denominación de “documento excepcional”.
Todos los documentos electrónicos que se adjunten con la solicitud deberán cumplir los
requisitos que se definen en la sede electrónica. Las entidades solicitantes aportarán copias
digitalizadas de los documentos, y la Diputación generará y almacenará los correspondien-
CVE:
BOP-2025-2396
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de mayo de 2025
N.º 0091
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5. El tamaño máximo de los archivos que contengan el proyecto técnico de la ins-
talación solar fotovoltaica, no puede ser superior a 5 megas. Se recomienda
bajar la resolución de las imágenes y comprimir los archivos. En todo caso, si el
tamaño es superior se deberá habilitar un enlace para la descarga (con acceso
garantizado y sin coste) al proyecto de la instalación solar fotovoltaica que por
su tamaño no puede ser presentado por sede electrónica. El enlace se deberá
indicar en documento, según modelo normalizado, disponible en sede electró-
nica (Anexo IV) firmado por el titular de la Secretaría y con el visto bueno de la
persona que ostente la representación de la entidad. El acceso que deberá estar
garantizado desde el momento de la presentación de la solicitud junto con la
documentación preceptiva hasta la notificación de la resolución provisional de
concesión.
6. En el caso de instalaciones con una potencia superior a 15 kW, deberá obte-
nerse, si fuese necesario, la autorización de la compañía distribuidora de energía
eléctrica para el punto de conexión a la red de distribución y adjuntarse a la
solicitud de la subvención.
7. Los honorarios correspondientes a la redacción del proyecto técnico, la direc-
ción facultativa y la coordinación en materia de seguridad y salud no podrán
incluirse dentro del presupuesto del proyecto de ejecución de la instalación. El
citado gasto se reflejará de forma separada en el formulario de solicitud de la
ayuda, debiéndose adjunta con la solicitud, presupuesto o factura proforma, en
la que se desglose de forma individualizada cada uno de los gastos citados, emi-
tido por el/la profesional o entidad que vaya a prestar dichos servicios.
8. Alta de terceros, solo en aquellos casos en los que la Diputación no lo tenga a
su disposición o existiese variación de datos con respecto a la última que conste
en los archivos de la Diputación.
Todos los documentos normalizados, con independencia del carácter de los mismos,
para la correcta cumplimentación de la solicitud estarán disponibles en la sede electrónica,
tanto en la ficha descriptiva de la convocatoria como en los formularios electrónicos que
se deban cumplimentar. Los documentos se incorporarán en el archivo especificado para
ello en sede electrónica.
Si la entidad solicitante necesitara incorporar algún otro documento para complementar
información, podrá dirigirse al órgano gestor para plantear tal circunstancia, quien autori-
zará, en su caso, adjuntarlo bajo la denominación de “documento excepcional”.
Todos los documentos electrónicos que se adjunten con la solicitud deberán cumplir los
requisitos que se definen en la sede electrónica. Las entidades solicitantes aportarán copias
digitalizadas de los documentos, y la Diputación generará y almacenará los correspondien-
CVE:
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Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de mayo de 2025
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