Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Romangordo. (BOP-2025-2411)
BOP-2025-2411 Información Pública Convenio Delegación Competencias Disciplina Urbanística.
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El Ayuntamiento se compromete a prestar la asistencia activa que la Diputación Provincial de
Cáceres pudiera solicitar para el eficaz cumplimiento del ejercicio de las competencias
delegadas, así como a suministrar a la Diputación Provincial de Cáceres toda la normativa
urbanística municipal actualizada necesaria para ejercer las competencias delegadas.
Cualquier modificación de planeamiento o instrumento de gestión en vigor que se aborde será
comunicada a la diputación provincial.
2.- Defensa jurídica (Gabinete jurídico).
En el supuesto de planteamiento de recurso en vía contencioso-administrativa, la presente
delegación comprende la defensa en juicio por parte de letrado de la Diputación Provincial de
Cáceres perteneciente al Gabinete jurídico de la misma.
Los gastos correspondientes a la representación mediante Procurador y a peritaciones
externas, cuando fueran obligadas, así como las posibles condenas de pago de costas, serán
por cuenta de la Diputación Provincial. Quedarán en poder de la Diputación de Cáceres los
derechos económicos que se deriven de las costas que fueran declaradas a favor del
Ayuntamiento.
La prestación de servicios de dirección técnica y representación en juicio a cargo del Gabinete
jurídico no comporta alteración de las cantidades devengadas por el ejercicio de la
competencia, no generando derechos económicos alguno en favor de la Diputación Provincial
de Cáceres.
3.- Exacción de las sanciones (Organismo Autónomo de Recaudación).
La Diputación Provincial de Cáceres, a través de su Organismo Autónomo de Recaudación
(OARGT), realizará todas las actuaciones para proceder al cobro de las sanciones derivadas
del expediente sancionador tanto en vía voluntaria como en ejecutiva; así como en los
expedientes de multas coercitivas.
SEGUNDA. OBLIGACIONES Y COMPROMISOS ECONÓMICOS ASUMIDOS
POR LAS PARTES.
La Diputación Provincial de Cáceres asume, con sus medios técnicos y humanos, el ejercicio
de las competencias de inspección urbanística, en aquellos aspectos de la misma relacionados
con la disciplina urbanística, protección de la legalidad y sancionadoras en materia de
urbanismo delegadas.
El ejercicio de las competencias delegadas, incluida la ejecución material forzosa de las
órdenes de restablecimiento de la realidad física alterada por infracciones urbanísticas,
comportará la aportación por parte del Excmo. Ayuntamiento de de las siguientes
cantidades:
La totalidad del importe de las sanciones (incluidas, en este concepto, también las multas
coercitivas que se pudieran imponer) derivadas de las infracciones urbanísticas que se
impongan al infractor en cada expediente sancionador, incluido los gastos reales por la
demolición en su caso.
De este importe económico, una vez haya sido recaudado por el OARGT, corresponderá por
cada expediente a la Diputación Provincial de Cáceres el 60 %, al ayuntamiento delegante el
40%. En el porcentaje atribuido a la diputación provincial se incluyen los gastos generados al
Cód.
Validación:
67WGMT7A2FZHAHR69M4TGFYFR
Verificación:
https://romangordo.sedelectronica.es/
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electrónicamente
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esPublico
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en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de mayo de 2025
N.º 0091
Pág. 11220
Cáceres pudiera solicitar para el eficaz cumplimiento del ejercicio de las competencias
delegadas, así como a suministrar a la Diputación Provincial de Cáceres toda la normativa
urbanística municipal actualizada necesaria para ejercer las competencias delegadas.
Cualquier modificación de planeamiento o instrumento de gestión en vigor que se aborde será
comunicada a la diputación provincial.
2.- Defensa jurídica (Gabinete jurídico).
En el supuesto de planteamiento de recurso en vía contencioso-administrativa, la presente
delegación comprende la defensa en juicio por parte de letrado de la Diputación Provincial de
Cáceres perteneciente al Gabinete jurídico de la misma.
Los gastos correspondientes a la representación mediante Procurador y a peritaciones
externas, cuando fueran obligadas, así como las posibles condenas de pago de costas, serán
por cuenta de la Diputación Provincial. Quedarán en poder de la Diputación de Cáceres los
derechos económicos que se deriven de las costas que fueran declaradas a favor del
Ayuntamiento.
La prestación de servicios de dirección técnica y representación en juicio a cargo del Gabinete
jurídico no comporta alteración de las cantidades devengadas por el ejercicio de la
competencia, no generando derechos económicos alguno en favor de la Diputación Provincial
de Cáceres.
3.- Exacción de las sanciones (Organismo Autónomo de Recaudación).
La Diputación Provincial de Cáceres, a través de su Organismo Autónomo de Recaudación
(OARGT), realizará todas las actuaciones para proceder al cobro de las sanciones derivadas
del expediente sancionador tanto en vía voluntaria como en ejecutiva; así como en los
expedientes de multas coercitivas.
SEGUNDA. OBLIGACIONES Y COMPROMISOS ECONÓMICOS ASUMIDOS
POR LAS PARTES.
La Diputación Provincial de Cáceres asume, con sus medios técnicos y humanos, el ejercicio
de las competencias de inspección urbanística, en aquellos aspectos de la misma relacionados
con la disciplina urbanística, protección de la legalidad y sancionadoras en materia de
urbanismo delegadas.
El ejercicio de las competencias delegadas, incluida la ejecución material forzosa de las
órdenes de restablecimiento de la realidad física alterada por infracciones urbanísticas,
comportará la aportación por parte del Excmo. Ayuntamiento de de las siguientes
cantidades:
La totalidad del importe de las sanciones (incluidas, en este concepto, también las multas
coercitivas que se pudieran imponer) derivadas de las infracciones urbanísticas que se
impongan al infractor en cada expediente sancionador, incluido los gastos reales por la
demolición en su caso.
De este importe económico, una vez haya sido recaudado por el OARGT, corresponderá por
cada expediente a la Diputación Provincial de Cáceres el 60 %, al ayuntamiento delegante el
40%. En el porcentaje atribuido a la diputación provincial se incluyen los gastos generados al
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