Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Romangordo. (BOP-2025-2411)
BOP-2025-2411 Información Pública Convenio Delegación Competencias Disciplina Urbanística.
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Organismo Autónomo de Recaudación provincial por el cobro de los conceptos reflejados en
el párrafo anterior.
El Ayuntamiento, asimismo, faculta al Gabinete jurídico de la Diputación Provincial de
Cáceres a solicitar la tasación judicial de las minutas que los letrados devenguen en aquellos
supuestos en los que resulte acreedor de las costas procesales, delegando el derecho a la
Diputación Provincial de Cáceres para su ingreso en la Tesorería Provincial.
Los gastos correspondientes a la representación mediante Procurador y a peritaciones
externas, cuando fueran obligadas, así como las posibles condenas de pago de costas, serán
por cuenta de la Diputación Provincial de Cáceres.
En los supuestos en los que por sentencia judicial firme se impusieran las costas del
procedimiento al Excmo. Ayuntamiento y/o a la Diputación Provincial de Cáceres, éstas serán
abonadas por el Organismo Autónomo.
TERCERA. - PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
En el ejercicio de las competencias delegadas objeto de este Convenio, se cumplirán con las
determinaciones previstas en el artículo 14 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas
en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de éstos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), así como
las previstas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales.
CUARTA. - MECANISMOS DE SEGUIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL DE
EJECUCIÓN DEL CONVENIO.
La Diputación Provincial de Cáceres se compromete a enviar al municipio, a principios de
cada anualidad, un extracto detallado de la situación de los expedientes de protección de la
legalidad tramitados del municipio delegante, así como de las inspecciones urbanísticas
realizadas; no obstante, el municipio podrá solicitar formalmente información sobre la
situación de los mismos en cualquier momento.
Para garantizar la correcta ejecución y el seguimiento de la ejecución de este Convenio se
constituirá una Comisión de Dirección y Seguimiento, regulada en el artículo 23.7 de la Ley
3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura.
La Comisión se integra por los siguientes vocales:
Miembros:
-Secretario del Ayuntamiento, o persona en la que delegue Ayuntamiento
-Concejal de Urbanismo, o persona en la que delegue Ayuntamiento
-Jefe de Sección de disciplina urbanística, o persona en la que delegue la Diputación de
Cáceres
La Presidencia de la Comisión la ostentará el Director de área de Hacienda y asistencia a
entidades locales o persona en quien delegue y la Secretaria por el/la vocal que se designe,
por la misma Comisión.
Sus funciones serán las de resolver cuantas cuestiones pueda plantear la interpretación y el
cumplimiento del presente convenio, así como las de llevar a cabo el seguimiento de la
Cód.
Validación:
67WGMT7A2FZHAHR69M4TGFYFR
Verificación:
https://romangordo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2025-2411
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 15 de mayo de 2025
N.º 0091
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