Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-2421)
BOP-2025-2421 Plan para la contratación de personal administrativo destinado a entidades locales municipales con núcleos de población dispersos y población inferior a veinte mil habitantes de la provincia de Cáceres, ejercicio 2025.
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desarrollo económico del territorio siendo necesario dotar de recursos a las Entidades
Municipales que han de atender núcleos de población dispersos que, por su número de
habitantes tienen unas necesidades reales que atender y dichas necesidades se pretender
atender con la mayor rapidez posible a fin de que los gastos corrientes, reviertan en beneficio
del territorio y de los ciudadanos.
TERCERA. - VIGENCIA.
Las presentes normas regularán todo el procedimiento, que tienen vigencia durante el año
2025 y no podrán ser objeto de prórroga, ni expresa ni tácita.
CUARTA. - FINANCIACIÓN. COMPROMISOS DE LA ENTIDAD CONCEDENTE. SISTEMA DE
TRAMITACIÓN.
FINANCIACIÓN.
El importe total del Plan asciende a 400.000,00 €, destinándose a financiar los gastos de
naturaleza corriente correspondientes a la contratación de personal (Cap I), según la estructura
presupuestaria que incorpora la Orden EHA 3565/2008 por la que se aprueba la estructura de
los Presupuestos de las Entidades Locales, modificada por la Orden HAP/419/2014 de 14 de
marzo y según lo estipulado en la norma Sexta.
- Aplicación presupuestaria: 2025.02.9220.46224 por importe de 400.000,00 €.
La financiación por parte de la Diputación de Cáceres será del 100%.
La cantidad asignada a cada Entidad se ha determinado en función del criterio de población y
del número de núcleos de población dispersos con los que cuenta, de acuerdo con el
Nomenclátor disponible en la página web del Instituto Nacional de Estadística, realizada la
consulta a fecha 2 de mayo de 2025, siendo la distribución de los criterios la siguiente:
1) Por el conjunto total del número de habitantes del municipio residentes en las unidades
poblacionales singulares distintas del núcleo de población principal de la Entidad Local
incluidas en el anexo, de acuerdo con los siguientes tramos:
a) De 20 a 100 habitantes: 1 punto.
b) De 101 a 500 habitantes: 2 puntos.
c) De 501 a 1.000 habitantes: 3 puntos.
CVE:
BOP-2025-2421
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 16 de mayo de 2025
N.º 0092
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