Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-2450)
BOP-2025-2450 Convocatoria de ayudas económicas para respiro familiar a personas cuidadoras habituales no profesionales - 2025.
12 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Instituto Municipal de Asuntos Sociales
Documento firmado electrónicamente (RD 203/2021). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el
CSV: 15704450630237616071 en http://sede.caceres.es
Las actividades irán dirigidas a realizar el respiro en otro tipo de establecimientos no
sociosanitarios, siempre que cuenten con los elementos necesarios para ello. Se incluirán
las actividades de ocio que procedan tales como: asistencia a la playa, montaña,
campamentos, etc.
La entidad prestadora se responsabilizará de la seguridad de las personas atendidas, y
deberátenersuscritounseguroderesponsabilidadcivilquecubradichas actividades.
Duración mínima de la actividad: 2 días
Cuantía máxima por día: 72 €
Coste máximo de la actividad por persona: 504 €.
d.- Estancias en establecimiento externo sociosanitario:
En la asistencia en que se plantee un servicio residencial temporal, en plazas acreditadas y
no financiadas por el SEPAD, se deberá dar el contenido prestacional propio de los servicios
de centros de día, centros de noche y centros residenciales.
La duración máxima del respiro será de 10 días al año por persona atendida. Los costes
máximos de las actuaciones serán:
— 70 euros diarios para el servicio residencial o de alojamiento.
— 40 euros diarios para el servicio de día o nocturno.
Las estancias se contratarán con centros que cuenten con la correspondiente acreditación.
El personal cuidador profesional que preste los servicios relacionados en los apartados a), b y c),
deberátener,comomínimo,algunadelassiguientestitulaciones:
• Título de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o los títulos equivalentes de Técnico
Auxiliar Clínica, Técnico Auxiliar Psiquiatría o Técnico Auxiliar de Enfermería, o en su caso
cualquiertítuloquesepubliqueconlosmismosefectos profesionales.
• Título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia o el título equivalente
de Técnico de Atención Sociosanitaria, o en su caso cualquier título que se publique con los
mismos efectos profesionales.
• Título de Técnico Superior en Integración Social o el título equivalente de Técnico Superior en
IntegraciónSocial.
• Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en
Instituciones Sociales. Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas en el
Domicilio.
• Certificado de Habilitación Excepcional en la categoría profesional de Auxiliar de Ayuda a
Domicilio, regulada por Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de
ServiciosSocialeseIgualdadyporlaOrdende16deagosto de 2016.
• Certificado de Habilitación Excepcional en la categoría profesional de Cuidador de Centros de
CVE:
BOP-2025-2450
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de mayo de 2025
N.º 0093
Pág. 11590
Documento firmado electrónicamente (RD 203/2021). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el
CSV: 15704450630237616071 en http://sede.caceres.es
Las actividades irán dirigidas a realizar el respiro en otro tipo de establecimientos no
sociosanitarios, siempre que cuenten con los elementos necesarios para ello. Se incluirán
las actividades de ocio que procedan tales como: asistencia a la playa, montaña,
campamentos, etc.
La entidad prestadora se responsabilizará de la seguridad de las personas atendidas, y
deberátenersuscritounseguroderesponsabilidadcivilquecubradichas actividades.
Duración mínima de la actividad: 2 días
Cuantía máxima por día: 72 €
Coste máximo de la actividad por persona: 504 €.
d.- Estancias en establecimiento externo sociosanitario:
En la asistencia en que se plantee un servicio residencial temporal, en plazas acreditadas y
no financiadas por el SEPAD, se deberá dar el contenido prestacional propio de los servicios
de centros de día, centros de noche y centros residenciales.
La duración máxima del respiro será de 10 días al año por persona atendida. Los costes
máximos de las actuaciones serán:
— 70 euros diarios para el servicio residencial o de alojamiento.
— 40 euros diarios para el servicio de día o nocturno.
Las estancias se contratarán con centros que cuenten con la correspondiente acreditación.
El personal cuidador profesional que preste los servicios relacionados en los apartados a), b y c),
deberátener,comomínimo,algunadelassiguientestitulaciones:
• Título de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o los títulos equivalentes de Técnico
Auxiliar Clínica, Técnico Auxiliar Psiquiatría o Técnico Auxiliar de Enfermería, o en su caso
cualquiertítuloquesepubliqueconlosmismosefectos profesionales.
• Título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia o el título equivalente
de Técnico de Atención Sociosanitaria, o en su caso cualquier título que se publique con los
mismos efectos profesionales.
• Título de Técnico Superior en Integración Social o el título equivalente de Técnico Superior en
IntegraciónSocial.
• Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en
Instituciones Sociales. Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas en el
Domicilio.
• Certificado de Habilitación Excepcional en la categoría profesional de Auxiliar de Ayuda a
Domicilio, regulada por Resolución de 3 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de
ServiciosSocialeseIgualdadyporlaOrdende16deagosto de 2016.
• Certificado de Habilitación Excepcional en la categoría profesional de Cuidador de Centros de
CVE:
BOP-2025-2450
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de mayo de 2025
N.º 0093
Pág. 11590