Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-2450)
BOP-2025-2450 Convocatoria de ayudas económicas para respiro familiar a personas cuidadoras habituales no profesionales - 2025.
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Instituto Municipal de Asuntos Sociales
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deServiciosSocialeseIgualdadyporlaOrdende16 de agosto de 2016.
VI.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.
A).- De conformidad con lo establecido en los artículos 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones y 67 del Real Decreto 887/2006, pro el que se
aprueba el Reglamento General de la Ley General de Subvenciones, el procedimiento para
la concesión de las ayudas objeto de la presente convocatoria es el de concesión directa
mediante convocatoria abierta, en virtud del cual las subvenciones podrán irse concediendo
conforme se vayan solicitando por los interesados en base a los requisitos o criterios
establecidos en la presente convocatoria, siempre que exista crédito presupuestario.
B).- A fin de evitar aglomeraciones de público en las dependencias del citado organismo y
garantizar la salud de los ciudadanos y ciudadanas que acudan al mismo a presentar sus
solicitudes, estableciéndose, para ello, el siguiente procedimiento:
1º.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR CON LAS MISMAS:
1.1- Las instancias se dirigirán al Instituto Municipal de Asuntos Sociales del Ayuntamiento
de Cáceres, tramitándose con arreglo al procedimiento determinado por el Organismo
Autónomo. En todo caso, deberán efectuarse los trámites que se establecen en los párrafos
siguientes.
A.- Recibida la solicitud, el IMAS realizará cuantas actuaciones estime necesarias para la
comprobación del cumplimiento de los requisitos, requiriendo al solicitante, en su caso, la
aportación de la documentación que sea necesaria para su constatación.
B.- La concesión de la ayuda será resuelta y notificada individualmente a los solicitantes por
el órgano competente del Organismo Autónomo, en el plazo de 2 meses desde la entrada de
la solicitud en el Registro de entrada del Ayuntamiento de Cáceres.
1.2.- El procedimiento se iniciará, a solicitud del interesado, mediante impreso, debidamente
firmado y cumplimentado, según modelo que se adjunta a la presente convocatoria como
ANEXO I y que se podrá obtener directamente en la sede del Instituto Municipal de
Asuntos Sociales o descargándolo de la página web del IMAS o del Ayuntamiento, o sede
electrónica del Ayuntamiento de Cáceres.
1.3.- A la solicitud deberá acompañarse la documentación indicada en el ANEXO I de la
presente convocatoria.
1.4.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General y sus Registros Auxiliares del
Ayuntamiento Cáceres, así como en las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, dirigida al Sr. Presidente del Instituto Municipal de Asuntos Sociales del Excmo.
Ayuntamiento de Cáceres.
- En la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres:
https://sede.caceres.es
CVE:
BOP-2025-2450
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de mayo de 2025
N.º 0093
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