Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2025-2489)
BOP-2025-2489 Corrección de errores detectados en bases que han de regir la convocatoria y el proceso de selección.
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https://casardecaceres.sedelectronica.es/info.0 y en el Tablón de Anuncio del Ayuntamiento de
Casar de Cáceres, anuncio en que aparezcan los resultados finales por orden de puntuación
total del proceso de selección y la propuesta a la Alcaldía sobre la relación de aspirantes
aprobados/as y propuestos/as para su nombramiento como personal laboral temporal, no
pudiendo superar estos/as el número de plazas convocadas, de tal modo que resultará
seleccionado/a quien mayor puntuación haya obtenido y elevará dicha propuesta al órgano
competente de la corporación para sus efectos.
De producirse empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá por aquel/aquella aspirante
que haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición y si el
mismo continúa se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la citada
fase, de seguir existiendo se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el apartado
experiencia laboral de la fase de concurso y de persistir se tendrá en cuenta la mayor
puntuación obtenida en el apartado formación de la citada fase.
De persistir dicho empate se resolverá por orden alfabético, iniciándose el escala fonamiento
por el orden de actuación de apellidos establecido según el sorteo a que se refiere la base
quinta de esta convocatoria.
La Resolución de Alcaldía dictada en base a la propuesta formulada por el Tribunal de
Selección donde figura la mencionada relación de aprobados/as y propuesto/a para su
nombramiento como personal laboral temporal agota la vía administrativa, pudiendo los/as
interesados/as interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición o bien, interponer
directamente recurso contencioso administrativo, así como, cualquier otro recurso que estimen
procedente. Dicha resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
La persona aspirante propuesta para el nombramiento presentará ante el Ayuntamiento de
Casar de Cáceres, dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al de la
publicación del resultado final del concurso oposición, los documentos acreditativos de las
condiciones de capacidad y requisitos que para tomar parte en la misma se exigen en la base
tercera de la convocatoria.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor el aspirante propuesto/a no
presentase la documentación o del examen de la misma se dedujese que carece de los
requisitos exigidos, no podrá ser nombrado/a, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia
solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En este caso el Ilma. Sra. Alcaldesa efectuará
el nombramiento como personal laboral temporal a favor de quien habiendo alcanzado la
CVE:
BOP-2025-2489
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 21 de mayo de 2025
N.º 0095
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Casar de Cáceres, anuncio en que aparezcan los resultados finales por orden de puntuación
total del proceso de selección y la propuesta a la Alcaldía sobre la relación de aspirantes
aprobados/as y propuestos/as para su nombramiento como personal laboral temporal, no
pudiendo superar estos/as el número de plazas convocadas, de tal modo que resultará
seleccionado/a quien mayor puntuación haya obtenido y elevará dicha propuesta al órgano
competente de la corporación para sus efectos.
De producirse empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá por aquel/aquella aspirante
que haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición y si el
mismo continúa se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la citada
fase, de seguir existiendo se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el apartado
experiencia laboral de la fase de concurso y de persistir se tendrá en cuenta la mayor
puntuación obtenida en el apartado formación de la citada fase.
De persistir dicho empate se resolverá por orden alfabético, iniciándose el escala fonamiento
por el orden de actuación de apellidos establecido según el sorteo a que se refiere la base
quinta de esta convocatoria.
La Resolución de Alcaldía dictada en base a la propuesta formulada por el Tribunal de
Selección donde figura la mencionada relación de aprobados/as y propuesto/a para su
nombramiento como personal laboral temporal agota la vía administrativa, pudiendo los/as
interesados/as interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición o bien, interponer
directamente recurso contencioso administrativo, así como, cualquier otro recurso que estimen
procedente. Dicha resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
La persona aspirante propuesta para el nombramiento presentará ante el Ayuntamiento de
Casar de Cáceres, dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al de la
publicación del resultado final del concurso oposición, los documentos acreditativos de las
condiciones de capacidad y requisitos que para tomar parte en la misma se exigen en la base
tercera de la convocatoria.
Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor el aspirante propuesto/a no
presentase la documentación o del examen de la misma se dedujese que carece de los
requisitos exigidos, no podrá ser nombrado/a, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia
solicitando tomar parte en el proceso selectivo. En este caso el Ilma. Sra. Alcaldesa efectuará
el nombramiento como personal laboral temporal a favor de quien habiendo alcanzado la
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Verificable
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Miércoles, 21 de mayo de 2025
N.º 0095
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