Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2025-2520)
BOP-2025-2520 Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora para el préstamo de material ortoprotésico.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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a) Recibir en condiciones óptimas y en buen estado la ayuda técnica que se solicita.
b) Ser informados previamente de cualquier modificación en las condiciones del servicio.
c) A la devolución de la fianza depositada, al término del préstamo, siempre y cuando dicha
devolución se realice en las condiciones estipuladas en el artículo anterior.
Artículo. 9.Causas de extinción del Servicio:
El servicio de Préstamo de Ayudas Técnicas se extinguirá si se produce alguna de las
siguientes causas:
a) Fallecimiento del Beneficiario.
b) A petición del Beneficiario o su cuidador.
c) Desaparición de las causas que motivaron su
concesión.
d) Pérdida de los requisitos de acceso al Servicio.
e) Por ingreso en alojamiento alternativo.
f) Por traslado de domicilio a otro término municipal.
g) Constancia del Ayuntamiento del mal/indebido uso de la
ayuda técnica.
h) Por falseamiento de datos u ocultación de los mismos.
i) Cumplimiento máximo de los plazos de duración de la prestación.
Artículo. 10. Gestión y tramitación.
1. INICIACIÓN. -
El procedimiento para la concesión de las prestaciones se iniciará siempre a instancia de parte.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General Ayuntamiento de Ceclavín según modelo
adjunto (anexo I). A las solicitudes se acompañarán los documentos señalados en el punto 2 de
este artículo.
2. DOCUMENTACIÓN
Las solicitudes se acompañarán de los siguientes documentos:
CVE:
BOP-2025-2520
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
Pág. 11933
b) Ser informados previamente de cualquier modificación en las condiciones del servicio.
c) A la devolución de la fianza depositada, al término del préstamo, siempre y cuando dicha
devolución se realice en las condiciones estipuladas en el artículo anterior.
Artículo. 9.Causas de extinción del Servicio:
El servicio de Préstamo de Ayudas Técnicas se extinguirá si se produce alguna de las
siguientes causas:
a) Fallecimiento del Beneficiario.
b) A petición del Beneficiario o su cuidador.
c) Desaparición de las causas que motivaron su
concesión.
d) Pérdida de los requisitos de acceso al Servicio.
e) Por ingreso en alojamiento alternativo.
f) Por traslado de domicilio a otro término municipal.
g) Constancia del Ayuntamiento del mal/indebido uso de la
ayuda técnica.
h) Por falseamiento de datos u ocultación de los mismos.
i) Cumplimiento máximo de los plazos de duración de la prestación.
Artículo. 10. Gestión y tramitación.
1. INICIACIÓN. -
El procedimiento para la concesión de las prestaciones se iniciará siempre a instancia de parte.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General Ayuntamiento de Ceclavín según modelo
adjunto (anexo I). A las solicitudes se acompañarán los documentos señalados en el punto 2 de
este artículo.
2. DOCUMENTACIÓN
Las solicitudes se acompañarán de los siguientes documentos:
CVE:
BOP-2025-2520
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de mayo de 2025
N.º 0096
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