Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cañamero. (BOP-2025-3116)
BOP-2025-3116 Arrendamiento bar-cafetería, Paraje “Desfiladero del Ruecas”.
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El contrato se ejecutará a riesgo y ventura del arrendatario quien asumirá los riesgos
económicos derivados de la ejecución y de la explotación del objeto del contrato según
los datos que conformen su oferta y en los términos establecidos en el presente pliego.
Por todo ello, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas,
averías o perjuicios ocasionados en la prestación del servicio, salvo caso de fuerza
mayor.
La retribución del adjudicatario en el desarrollo del objeto de la presente licitación
estará formada por el precio de las consumiciones que deban abonar las personas
usuarias del bar-restaurante.
CLÁUSULA SÉPTIMA. -PUBLICIDAD
Con el fin de asegurar la transparencia y acceso público a la información de este
concurso, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, el
Ayuntamiento hará pública la convocatoria mediante anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia y a través de la sede electrónica del Ayuntamiento [dirección https://
https://canamero.sedelectronica.es/info.0].
CLÁUSULA OCTAVA. -ACREDITACIÓN DE LA APTITUD PARA
CONTRATAR
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o
extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones
para contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
1.- La capacidad de obrar de los empresarios:
La capacidad de obrar propia del orden civil y mercantil para acceder a la condición de
adjudicatario del presente contrato patrimonial (arrendamiento). Dicha capacidad se
acreditará:
a. En cuanto a personas físicas, mediante la fotocopia compulsada del documento
nacional de identidad.
b. En cuanto a personas jurídicas, mediante la fotocopia compulsada del CIF y la
escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los
que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos,
en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona
jurídica de que se trate.
2.- La solvencia del empresario:
Se exime a los candidatos interesados de la acreditación de unas condiciones mínimas
de solvencia económica, financiera, técnica y profesional.
3.- Prohibiciones expresas para contratar:
6
Cód.
Validación:
7EG5CMHNR3PSSYJKZFQWLE22W
Verificación:
https://canamero.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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6
de
22
CVE:
BOP-2025-3116
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de junio de 2025
N.º 0115
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