Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de San Martín de Trevejo. (BOP-2025-3125)
BOP-2025-3125 Aprobación definitiva Reglamento Gimnasio Municipal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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a.
b.
c.
d.
e.
f.
17.º) Se recomienda pedir asesoramiento sobre cualquier duda que se pueda tener.
18.º) Queda prohibido compartir, emitir o reproducir imágenes (tanto de foto como de vídeo) de
las personas que pudieran ser objeto de dichas captaciones de imagen, salvo autorización
expresa de dichas personas.
19.º) Queda expresamente prohibido la entrada de armas de fuego, bengalas, materiales de
pirotecnia o cualquier otro objeto que sea peligroso para la integridad física de las personas.
ARTÍCULO 9.- El Ayuntamiento, como titular del gimnasio, no se hace responsable de
cualquier accidente, afección o enfermedad derivado del uso de las instalaciones y equipos que
pueda causar lesiones, daños o incluso la defunción del/a usuario/a, dado que los mismos
utilizan el gimnasio de manera voluntaria o bajo su responsabilidad.
ARTÍCULO 10.- La determinación del horario del gimnasio corresponderá al Ayuntamiento,
exponiéndose el horario en lugar visible del establecimiento. Dicha competencia reside en la
Alcaldía.
ARTÍCULO 11.- El personal a cargo de la instalación del gimnasio tendrá las siguientes
funciones:
Apertura y cierre de las instalaciones del gimnasio.
Cuidar que las actividades en el interior se realicen con normalidad.
Velar por el buen orden, limpieza y adecuado uso de las instalaciones.
Atender las sugerencias, quejas y reclamaciones que se formulen, transmitiéndolas en
todo caso a la Alcaldía.
Dar aviso a las autoridades en los casos de que los/as usuarios/as no respeten las
normas generales de convivencia o las indicaciones realizadas por los/as
responsables de las instalaciones.
Cuantas otras funciones resulten de esta ordenanza o le fueran encomendadas por la
Alcaldía.
CAPÍTULO IV: DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS/AS USUARIOS/AS
ARTÍCULO 12.- Derecho de los/as usuarios. Son derechos de los/as usuarios/as los siguientes:
12.1.- Ser tratados/as con educación y amabilidad por el personal del Gimnasio Municipal.
12.2.- Disfrutar de la instalación, de acuerdo a las normas de uso establecidas.
CVE:
BOP-2025-3125
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de junio de 2025
N.º 0115
Pág. 14628
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17.º) Se recomienda pedir asesoramiento sobre cualquier duda que se pueda tener.
18.º) Queda prohibido compartir, emitir o reproducir imágenes (tanto de foto como de vídeo) de
las personas que pudieran ser objeto de dichas captaciones de imagen, salvo autorización
expresa de dichas personas.
19.º) Queda expresamente prohibido la entrada de armas de fuego, bengalas, materiales de
pirotecnia o cualquier otro objeto que sea peligroso para la integridad física de las personas.
ARTÍCULO 9.- El Ayuntamiento, como titular del gimnasio, no se hace responsable de
cualquier accidente, afección o enfermedad derivado del uso de las instalaciones y equipos que
pueda causar lesiones, daños o incluso la defunción del/a usuario/a, dado que los mismos
utilizan el gimnasio de manera voluntaria o bajo su responsabilidad.
ARTÍCULO 10.- La determinación del horario del gimnasio corresponderá al Ayuntamiento,
exponiéndose el horario en lugar visible del establecimiento. Dicha competencia reside en la
Alcaldía.
ARTÍCULO 11.- El personal a cargo de la instalación del gimnasio tendrá las siguientes
funciones:
Apertura y cierre de las instalaciones del gimnasio.
Cuidar que las actividades en el interior se realicen con normalidad.
Velar por el buen orden, limpieza y adecuado uso de las instalaciones.
Atender las sugerencias, quejas y reclamaciones que se formulen, transmitiéndolas en
todo caso a la Alcaldía.
Dar aviso a las autoridades en los casos de que los/as usuarios/as no respeten las
normas generales de convivencia o las indicaciones realizadas por los/as
responsables de las instalaciones.
Cuantas otras funciones resulten de esta ordenanza o le fueran encomendadas por la
Alcaldía.
CAPÍTULO IV: DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS/AS USUARIOS/AS
ARTÍCULO 12.- Derecho de los/as usuarios. Son derechos de los/as usuarios/as los siguientes:
12.1.- Ser tratados/as con educación y amabilidad por el personal del Gimnasio Municipal.
12.2.- Disfrutar de la instalación, de acuerdo a las normas de uso establecidas.
CVE:
BOP-2025-3125
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