Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mata de Alcántara. (BOP-2025-3152)
BOP-2025-3152 Aprobación definitiva de la Modificación de la Ordenanza Reguladora de la concesión de ayuda de apoyo a las familias (natalidad)
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Artículo 4. Gestión de las ayudas.
Las solicitudes se facilitarán en el Ayuntamiento y se presentarán en el Registro Municipal,
acompañadas de los siguientes documentos:
Certificado colectivo de empadronamiento de la unidad familiar, y/o informe de
convivencia. Ambos documentos deberán ser expedidos por el Ayuntamiento y
contendrán la fecha de alta.
Fotocopia compulsada Declaración de Renta de la unidad familiar.(correspondiente al
momento de la solicitud).
Fotocopia compulsada del libro de familia y DNI del solicitante.
Declaración jurada de las ayudas solicitadas o recibidas por la misma finalidad.
Compromiso de seguir empadronado/a/s dentro de este Municipio por un periodo
mínimo de SEIS AÑOS.
Compromiso de escolarización en el colegio público de la localidad.
Compromiso de proceder a la devolución de la ayuda en el caso de dejar de cumplirse
alguno de los requisitos necesarios para su otorgamiento.
Artículo 5. Plazo.
El plazo para la presentación de solicitudes será de tres meses a contar desde la fecha en que
se haya producido el nacimiento.
Con carácter excepcional, para la anualidad 2025 una vez entre en vigor la ordenanza podrán
acogerse a las ayudas las familias cuyo nacimiento se haya producido en los 12 meses
anteriores a la aprobación de la modificación de la ordenanza, siempre y cuando se cumplan
los requisitos establecidos en la misma y hubieran presentado la correspondiente solicitud en
ese periodo.
Artículo 6. Cuantía de las ayudas.
Por cada hijo/a que nazca y cumpla los requisitos (padres/madres empadronados/as
con anterioridad a seis meses, compromiso de seguir empadronados/as durante seis
años, que el/la recién nacido/a esté inscrito/a en el padrón municipal, y la renta anual no
CVE:
BOP-2025-3152
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de junio de 2025
N.º 0116
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