Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-3266)
BOP-2025-3266 Convocatoria de provisión de plaza de Portero Ordenanza mediante proceso especial de funcionarización de personal laboral fijo.
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ÁREA DE PERSONAL
DEPARTAMENTO DE PROVISION Y SELECCIÓN
PROVISIÓN
3.2 Las instancias y documentos se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial o por los
medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo de 15 días naturales, a contar desde el siguiente
en que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia,
prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente, si el plazo terminase en un día inhábil.
3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la solicitud. Asimismo deberán solicitar las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a
petición del interesado.
3.5 El solo hecho de presentar la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria constituye el
sometimiento expreso de la persona aspirante a las Bases reguladoras de la misma, que tienen la
consideración de ley reguladora de la convocatoria.
4. Admisión de aspirantes.
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, se dictará Resolución Presidencial en el plazo máximo
de un mes, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, declarando aprobada la lista de admitidos y
la relación de aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión.
4.2 Dentro de los diez días hábiles siguientes a dicha publicación, se podrán efectuar reclamaciones contra
la lista de aspirantes admitidos y excluidos, así como solicitar la subsanación de errores materiales y, si
transcurriesen estos sin que se formule reclamación alguna, la lista se elevará a definitiva sin necesidad de
nueva resolución ni publicación.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión
justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán excluidos de la realización de las
pruebas.
Si en su caso, se presentan reclamaciones contra la lista de aspirantes admitidos y excluidos, estas serán
resueltas y se procederá a publicar lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
5. Proceso de Selección.
5.1 La selección constará de dos fases, una de Concurso y otra de Oposición.
5.2 La Fase de Concurso será previa a la Fase de Oposición.
5.3 Los puntos obtenidos en la Fase de Concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la Fase de
Oposición a los efectos de establecer los aspirantes seleccionados.
Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la Fase de Oposición, la cual, tendrá carácter
eliminatorio:
1.– Fase de Concurso.
De conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda, Párrafo 2º del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del
Empleado Público, y artículo 112 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, se
valorarán como méritos en esta fase los siguientes:
A) Servicios efectivos prestados como personal laboral fijo de plantilla:
– Por cada mes completo de servicios efectivos prestados como personal laboral fijo de plantilla en la
Administración Pública en la plaza o puesto de trabajo del mismo grupo al que se opta: 0,080 puntos.
– Por cada mes completo de servicios efectivos prestados como personal laboral fijo de plantilla en la
Administración Pública en cualquier otro puesto: 0,040 puntos.
Puntuación total por este apartado: 8 puntos.
A estos efectos, no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros
igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.
B) Pruebas selectivas superadas para el acceso a la condición de personal laboral fijo de plantilla:
CVE:
BOP-2025-3266
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de junio de 2025
N.º 0121
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DEPARTAMENTO DE PROVISION Y SELECCIÓN
PROVISIÓN
3.2 Las instancias y documentos se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial o por los
medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, dentro del plazo de 15 días naturales, a contar desde el siguiente
en que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia,
prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente, si el plazo terminase en un día inhábil.
3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la solicitud. Asimismo deberán solicitar las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a
petición del interesado.
3.5 El solo hecho de presentar la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria constituye el
sometimiento expreso de la persona aspirante a las Bases reguladoras de la misma, que tienen la
consideración de ley reguladora de la convocatoria.
4. Admisión de aspirantes.
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, se dictará Resolución Presidencial en el plazo máximo
de un mes, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, declarando aprobada la lista de admitidos y
la relación de aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión.
4.2 Dentro de los diez días hábiles siguientes a dicha publicación, se podrán efectuar reclamaciones contra
la lista de aspirantes admitidos y excluidos, así como solicitar la subsanación de errores materiales y, si
transcurriesen estos sin que se formule reclamación alguna, la lista se elevará a definitiva sin necesidad de
nueva resolución ni publicación.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión
justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán excluidos de la realización de las
pruebas.
Si en su caso, se presentan reclamaciones contra la lista de aspirantes admitidos y excluidos, estas serán
resueltas y se procederá a publicar lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
5. Proceso de Selección.
5.1 La selección constará de dos fases, una de Concurso y otra de Oposición.
5.2 La Fase de Concurso será previa a la Fase de Oposición.
5.3 Los puntos obtenidos en la Fase de Concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la Fase de
Oposición a los efectos de establecer los aspirantes seleccionados.
Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la Fase de Oposición, la cual, tendrá carácter
eliminatorio:
1.– Fase de Concurso.
De conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda, Párrafo 2º del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del
Empleado Público, y artículo 112 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, se
valorarán como méritos en esta fase los siguientes:
A) Servicios efectivos prestados como personal laboral fijo de plantilla:
– Por cada mes completo de servicios efectivos prestados como personal laboral fijo de plantilla en la
Administración Pública en la plaza o puesto de trabajo del mismo grupo al que se opta: 0,080 puntos.
– Por cada mes completo de servicios efectivos prestados como personal laboral fijo de plantilla en la
Administración Pública en cualquier otro puesto: 0,040 puntos.
Puntuación total por este apartado: 8 puntos.
A estos efectos, no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros
igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.
B) Pruebas selectivas superadas para el acceso a la condición de personal laboral fijo de plantilla:
CVE:
BOP-2025-3266
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de junio de 2025
N.º 0121
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