Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pasarón de la Vera. (BOP-2025-3462)
BOP-2025-3462 Reglamento de Régimen Interno CRA "TINAJERO."
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Cuando por el motivo que fuese (por ejemplo, tomando ciertos medicamentos) los/as
alumnos/as no se hallen en pleno uso de sus facultades, deberán comunicarlo al
profesor y abstenerse de trabajar en situaciones de riesgo. Si la situación es detectada
por el monitor, se procederá de igual manera.
Los/as alumnos/as trabajadores/as deberán cumplir siempre la normativa de seguridad
y salud relacionada con la actividad que realicen, así como utilizar los equipos de
protección individual y colectiva que se pongan a su disposición y conservarlos en
buenas condiciones de uso o solicitar la sustitución, si es necesario.
Al término de las clases, los/as alumnos/as trabajadores/as deberán dejar el puesto de
trabajo y las herramientas ordenadas y limpias.
Deberá avisarse inmediatamente al monitor/a de aquellas situaciones o circunstancias
que puedan producir accidentes.
En caso de accidente o percance de cualquier tipo, se deberá acudir inmediatamente a
un centro médico (mutua de accidentes), dando aviso al personal docente y directivo del
proyecto y al responsable de la entidad promotora.
Si se sufre un accidente fuera del horario de trabajo, debe acudirse a la Seguridad
Social o al facultativo que corresponda, como cualquier persona que no pertenezca al
proyecto.
TÍTULO 3. DERECHOS Y DEBERES.
Artículo 1. Derechos.
Son derechos de las personas integrantes del proyecto los que a continuación se relacionan:
A la adquisición de una formación teórica y práctica necesaria para el desempeño
adecuado de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de
cualificación.
El respeto de su intimidad y la consideración debida a su dignidad, comprendida la
protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones,
discapacidad, edad u orientación sexual, y frente al acoso sexual y al acoso por razón
de sexo.
Que se cumplan los tiempos establecidos para la formación y trabajo real en cada una
de las fases o etapas.
Recibir de forma periódica información y orientación sobre su rendimiento.
A una evaluación objetiva mediante criterios objetivos y públicos.
Realizar cuantas actividades culturales complementarias ayuden a fomentar su
formación integral.
Utilizar con la corrección debida las instalaciones, mobiliario y material del programa.
CVE:
BOP-2025-3462
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de julio de 2025
N.º 0126
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