Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pasarón de la Vera. (BOP-2025-3462)
BOP-2025-3462 Reglamento de Régimen Interno CRA "TINAJERO."
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ausencia no ocupa toda la jornada, por tratarse únicamente de acudir a consulta médica,
el/a alumno/a pedirá permiso a su monitor/a y/o coordinador/a aportando la cita previa.
Cuando se incorpore, entregará en la Dirección del proyecto el justificante médico con
fecha y hora debidamente firmado y sellado. El tiempo máximo autorizado de ausencia
será el necesario para ser atendido, sin que pueda superar, salvo circunstancias
excepcionales, el cincuenta por ciento de la jornada laboral. Si la ausencia es inferior a
un día, el/a alumno/a trabajadora/a cumplimentará el parte de ausencia para el
Departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento, adjuntando el correspondiente
justificante médico original. Si la ausencia se prolonga un día o más, el/a alumno/a
trabajador/a debe presentar el parte de incapacidad temporal en la Dirección en el plazo
máximo de veinticuatro horas. Ningún/a alumno/a trabajador/a se incorporará a su
puesto en el proyecto sin haber presentado el parte de alta médica en la Dirección.
b) Por otros motivos: El/a alumno/a trabajador/a deberá comunicar su ausencia lo antes
posible el mismo día en que ésta se produzca, indicando motivo y duración prevista.
Asimismo, se justificará convenientemente en el momento que se acuda al proyecto.
El/a alumno/a trabajador/a cumplimentará el parte de ausencia para el Departamento de
Recursos Humanos del Ayuntamiento.
TÍTULO 2. NORMAS GENERALES.
Está totalmente prohibido fumar en el interior del aula. Sólo se puede fumar en el
exterior y durante el tiempo de descanso o fuera del horario lectivo.
Queda prohibida la entrada al interior del aula acondicionada para el curso a toda
persona ajena al programa.
El uso del móvil en las horas de clase queda prohibido, salvo circunstancias
excepcionales.
No se permite el uso de reproductores musicales, con o sin auriculares, durante las
clases o el tiempo de trabajo.
Queda totalmente prohibida la ingesta de bebidas alcohólicas o cualquier otra sustancia
que puedan alterar la normal actividad en el desarrollo del programa.
Queda igualmente prohibida la ingesta de comida y bebida en el aula, excepto agua.
El alumnado trabajador tendrá derecho a recibir formación teórico-práctica de calidad en
los términos establecidos en este decreto y demás normativa que resulte de aplicación,
siendo obligaciones del mismo seguir con aprovechamiento y diligencia las enseñanzas
recibidas, participar de manera activa tanto en los aspectos teóricos como de trabajo
efectivo, y en la evaluación y tutorización de las mismas así como asistir regularmente
cumpliendo los horarios y normas que se estipulen por la entidad promotora dentro de
CVE:
BOP-2025-3462
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de julio de 2025
N.º 0126
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