Sección III - Administración del Estado. Delegaciones de Gobierno. Delegación del Gobierno en Extremadura. (BOP-2025-3479)
BOP-2025-3479 Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a SPK Falcon, S.L., autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la planta solar fotovoltaica "SPK Trujillo", de 156 MW de potencia instalada.
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MINISTERIO
PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre
pública.
El reconocimiento de utilidad pública, en concreto, de la instalación que se autoriza lleva implícita la
necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados que se relacionan
en la publicación el 1 de abril de 2023 en el Boletín Oficial del Estado y el 3 de abril de 2023 en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, el 4 de abril de 2023 en el diario “Extremadura hoy” y
exposición al público en el Ayuntamiento de Trujillo y, cuando la presente resolución surta los debidos
efectos de acuerdo al condicionado recogido en la misma.
A los efectos de la obtención de la presente autorización administrativa previa, autorización
administrativa de construcción, y declaración, en concreto, de utilidad pública, con fechas 19 de
diciembre de 2024 y 10 de febrero de 2025, el promotor presenta documentación acreditativa del
cumplimiento de los requisitos impuestos en la declaración de impacto ambiental, incluyendo
declaración responsable en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 62.2.i) de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra la presente Resolución, que
no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la
Secretaria de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o
publicación de la presente resolución, el último que se produzca.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los
efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de
la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
EL DIRECTOR GENERAL,
Manuel García Hernández
(Firmado digitalmente)
Firmado
el
21/03/2025
13:19:27
:
MANUEL
GARCIA
HERNANDEZ,
Director
General
de
Politica
Energetica
y
Minas
de
Direccion
General
de
Politica
Energetica
y
Minas.
Código: 17104898-573145000ERUUQ7FQ3DN Autenticidad verificable en: https://serviciosmin.gob.es/arce
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CVE:
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de julio de 2025
N.º 0126
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MINISTERIO
PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre
pública.
El reconocimiento de utilidad pública, en concreto, de la instalación que se autoriza lleva implícita la
necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados que se relacionan
en la publicación el 1 de abril de 2023 en el Boletín Oficial del Estado y el 3 de abril de 2023 en el
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, el 4 de abril de 2023 en el diario “Extremadura hoy” y
exposición al público en el Ayuntamiento de Trujillo y, cuando la presente resolución surta los debidos
efectos de acuerdo al condicionado recogido en la misma.
A los efectos de la obtención de la presente autorización administrativa previa, autorización
administrativa de construcción, y declaración, en concreto, de utilidad pública, con fechas 19 de
diciembre de 2024 y 10 de febrero de 2025, el promotor presenta documentación acreditativa del
cumplimiento de los requisitos impuestos en la declaración de impacto ambiental, incluyendo
declaración responsable en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26
de diciembre.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 62.2.i) de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra la presente Resolución, que
no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la
Secretaria de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o
publicación de la presente resolución, el último que se produzca.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los
efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de
la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
EL DIRECTOR GENERAL,
Manuel García Hernández
(Firmado digitalmente)
Firmado
el
21/03/2025
13:19:27
:
MANUEL
GARCIA
HERNANDEZ,
Director
General
de
Politica
Energetica
y
Minas
de
Direccion
General
de
Politica
Energetica
y
Minas.
Código: 17104898-573145000ERUUQ7FQ3DN Autenticidad verificable en: https://serviciosmin.gob.es/arce
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