Sección III - Administración del Estado. Delegaciones de Gobierno. Delegación del Gobierno en Extremadura. (BOP-2025-3479)
BOP-2025-3479 Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a SPK Falcon, S.L., autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la planta solar fotovoltaica "SPK Trujillo", de 156 MW de potencia instalada.
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MINISTERIO
PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
4. El promotor deberá cumplir con la totalidad de los condicionantes establecidos en la DIA de 10 de
enero de 2024, y, en particular con lo siguiente:
• Las infraestructuras finalmente contempladas en el proyecto deberán cumplir lo
dispuesto en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico y disponer de las
correspondientes autorizaciones preceptivas de la Confederación Hidrográfica del Tajo
(apartado a) del punto 1.2.2. Hidrología).
• Antes del inicio de las obras, en el momento más adecuado para ello, se realizará una
prospección del terreno con objeto de identificar la posible presencia de especies de flora
amenazada y/o vegetación de interés, prestando especial importancia a vaguadas,
charcas y cursos de agua que puedan ser afectados por los trabajos (apartado a) del punto
1.2.3 Flora y vegetación y hábitats de interés comunitario).
• Con anterioridad a la ejecución de las obras se realizará una prospección del terreno en
las áreas afectadas por éstas (desbroces, movimientos de tierras, instalación de
cerramientos, presencia de maquinaria, etc.) con el objeto de identificar la localización de
ejemplares de fauna, nidos o refugios que pudieran ser destruidos (apartado a) del punto
1.2.4. Fauna).
• Con carácter previo al inicio de los trabajos de construcción del proyecto, se consensuará
y coordinará con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura un calendario de obras
que incluya parada biológica en la realización de los trabajos en las áreas más sensibles
durante el periodo de reproductor de las especies amenazadas de la zona. En este sentido,
no se iniciarán los trabajos de construcción entre los meses de abril y junio para evitar el
periodo reproductor de la fauna, y en el entorno del nido de águila perdicera (750 m) no
podrán realizarse actividades de ningún tipo entre el 15 de enero y el 1 de junio (apartado
b) del punto 1.2.4 Fauna).
• Durante la fase de ejecución de las obras será obligatorio un control y seguimiento
arqueológico, por parte de técnicos cualificados, de todos los movimientos de tierra en
cotas bajo rasante natural en cada uno de los frentes de obra que conlleve la ejecución
del proyecto de referencia. El control arqueológico será permanente y a pie de obra
(apartado a) dentro del párrafo 1º del punto 1.2.7. Bienes materiales, patrimonio cultural
y vías pecuarias).
Firmado
el
21/03/2025
13:19:27
:
MANUEL
GARCIA
HERNANDEZ,
Director
General
de
Politica
Energetica
y
Minas
de
Direccion
General
de
Politica
Energetica
y
Minas.
Código: 17104898-573145000ERUUQ7FQ3DN Autenticidad verificable en: https://serviciosmin.gob.es/arce
Documento electrónico, página 17 de 18.
CVE:
BOP-2025-3479
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de julio de 2025
N.º 0126
Pág. 15965
MINISTERIO
PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
4. El promotor deberá cumplir con la totalidad de los condicionantes establecidos en la DIA de 10 de
enero de 2024, y, en particular con lo siguiente:
• Las infraestructuras finalmente contempladas en el proyecto deberán cumplir lo
dispuesto en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico y disponer de las
correspondientes autorizaciones preceptivas de la Confederación Hidrográfica del Tajo
(apartado a) del punto 1.2.2. Hidrología).
• Antes del inicio de las obras, en el momento más adecuado para ello, se realizará una
prospección del terreno con objeto de identificar la posible presencia de especies de flora
amenazada y/o vegetación de interés, prestando especial importancia a vaguadas,
charcas y cursos de agua que puedan ser afectados por los trabajos (apartado a) del punto
1.2.3 Flora y vegetación y hábitats de interés comunitario).
• Con anterioridad a la ejecución de las obras se realizará una prospección del terreno en
las áreas afectadas por éstas (desbroces, movimientos de tierras, instalación de
cerramientos, presencia de maquinaria, etc.) con el objeto de identificar la localización de
ejemplares de fauna, nidos o refugios que pudieran ser destruidos (apartado a) del punto
1.2.4. Fauna).
• Con carácter previo al inicio de los trabajos de construcción del proyecto, se consensuará
y coordinará con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura un calendario de obras
que incluya parada biológica en la realización de los trabajos en las áreas más sensibles
durante el periodo de reproductor de las especies amenazadas de la zona. En este sentido,
no se iniciarán los trabajos de construcción entre los meses de abril y junio para evitar el
periodo reproductor de la fauna, y en el entorno del nido de águila perdicera (750 m) no
podrán realizarse actividades de ningún tipo entre el 15 de enero y el 1 de junio (apartado
b) del punto 1.2.4 Fauna).
• Durante la fase de ejecución de las obras será obligatorio un control y seguimiento
arqueológico, por parte de técnicos cualificados, de todos los movimientos de tierra en
cotas bajo rasante natural en cada uno de los frentes de obra que conlleve la ejecución
del proyecto de referencia. El control arqueológico será permanente y a pie de obra
(apartado a) dentro del párrafo 1º del punto 1.2.7. Bienes materiales, patrimonio cultural
y vías pecuarias).
Firmado
el
21/03/2025
13:19:27
:
MANUEL
GARCIA
HERNANDEZ,
Director
General
de
Politica
Energetica
y
Minas
de
Direccion
General
de
Politica
Energetica
y
Minas.
Código: 17104898-573145000ERUUQ7FQ3DN Autenticidad verificable en: https://serviciosmin.gob.es/arce
Documento electrónico, página 17 de 18.
CVE:
BOP-2025-3479
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 4 de julio de 2025
N.º 0126
Pág. 15965