Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cilleros. (BOP-2025-4244)
BOP-2025-4244 Ordenanza fiscal municipal, reguladora de las tasas por Recogida Domiciliaria de Basuras y Residuos Sólidos Urbanos.
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pisos o viviendas y las de las mismas clases de comercios o industrias, excluyéndose los
residuos de tipo industrial, escombros de obras, detritos humanos o cualquier otra materia,
cuya recogida o vertido exija especiales medidas higiénicas, profilácticas o de seguridad, así
como aquellos que sean gestionados a través de Punto Limpio Municipal.
Las cuotas a aplicar serán las siguientes: ” Epígrafe 1º.- Uso particular (viviendas,
residencial…)
Epígrafe 2º. Industrias, locales comerciales, alojamientos
USO PARTICULAR CUOTA Euros
Viviendas, residencias… 109
S e e s t a b l e c e l a s i g u i e n t e
categorización de la naturaleza de
l o s l o c a l e s c o m e r c i a l e s y
alojamientos atendiendo a la
naturaleza y destino de los mismos y
su incidencia prevista, en relación
con la generación de residuos:
N.º de orden
NATURALEZA Y DESTINO DE LOS
INMUEBLES
CUOTA
(Euros)
1 Industrias, fábricas, almazaras, cooperativas,
gasolineras, grandes talleres y grandes
almacenes, de más de 1000 metros
cuadrados.
160
2 Industrias, fábricas, almazaras, cooperativas,
gasolineras, grandes talleres y grandes
almacenes, de hasta 1000 metros
cuadrados.
132
3 Supermercados y tiendas de alimentación 132
4 Restaurantes, cafeterías y equivalentes 132
CVE:
BOP-2025-4244
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 19 de agosto de 2025
N.º 0157
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