Cortes Generales. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas de las Cortes Generales. (BOE-A-2025-9294)
Resolución de 29 de abril de 2025, conjunta de las Presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado, por la que se convoca oposición, por los turnos libre, restringido y de discapacidad, para el Cuerpo de Redactores Taquígrafos y Estenotipistas de las Cortes Generales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 61860
4. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica, el Tribunal publicará, con anterioridad a la realización de los
ejercicios, las instrucciones que sea necesario conocer y, en su caso, los criterios de
corrección, valoración y superación de los mismos que sea necesario aplicar y que no
estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
5. Las personas aspirantes serán convocadas para la realización de los ejercicios
en llamamiento único, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, sin
perjuicio de lo dispuesto en la base Séptima.
6. La oposición constará de los cinco ejercicios siguientes, siendo los cuatro
primeros eliminatorios y el quinto optativo, y que se podrán realizar simultáneamente
para los turnos libre, restringido y de discapacidad:
Primer ejercicio.
Contestación por escrito, durante un tiempo máximo de hora y media, de un
cuestionario de cien preguntas con respuestas alternativas, de las cuales solo una será
correcta.
Las preguntas versarán sobre las materias del temario que se incluye en el bloque II,
Ortografía y gramática, del anexo I. En el cuestionario figurarán cinco preguntas
adicionales de reserva.
Las personas aspirantes podrán llevarse copia de su ejercicio.
En un plazo máximo de tres días hábiles desde la celebración del ejercicio se
publicarán, en la página web de cada Cámara, las preguntas y respuestas correctas y se
abrirá un plazo de tres días hábiles para que puedan presentarse ante el Tribunal
reclamaciones o impugnaciones de las preguntas del ejercicio.
Si como consecuencia de las reclamaciones se anulasen preguntas, se valorarán
tantas preguntas de reserva como preguntas se hayan anulado, en el mismo orden en
que aparecen en el cuestionario.
Si se anulasen más preguntas que el número de preguntas de reserva previstas, se
prorrateará la calificación del ejercicio tomando en consideración el número de preguntas
que fueran válidas.
Contra las resoluciones del Tribunal relativas a la impugnación de preguntas no
cabrá ulterior recurso, sin perjuicio de la posibilidad de recurrir la publicación de las
relaciones de personas aspirantes aprobadas en los términos previstos en la base
Undécima.
Una vez finalizado este plazo de impugnación de preguntas y resueltas por el
Tribunal las reclamaciones planteadas, se procederá a la corrección de la prueba y se
publicará la relación de aspirantes que hayan superado el primer ejercicio de la
oposición.
Consistirá en dos pruebas, en las que la persona aspirante deberá transcribir dos
intervenciones parlamentarias elegidas al azar de entre las propuestas por el Tribunal e
introducir las correcciones lingüísticas y de contenido necesarias para dotar al texto de
coherencia y salvar posibles errores y omisiones de los oradores.
Asimismo, la persona aspirante deberá reflejar las incidencias que, en su caso,
tengan lugar durante las intervenciones y que ayuden a la mejor comprensión del texto.
Se visualizarán los cortes de vídeo y, a continuación, se facilitarán los
correspondientes archivos de audio con función de avance y retroceso y regulación de la
velocidad de reproducción. Para la transcripción y la redacción se utilizará ordenador,
que se facilitará a las personas aspirantes, con procesador de textos Word. No estarán
habilitados ni el corrector ortográfico ni otras ayudas a la redacción. No se permitirá la
utilización de diccionario ni la navegación por internet.
El Tribunal podrá facilitar a los opositores el material necesario para la toma de notas
durante la reproducción de los vídeos.
cve: BOE-A-2025-9294
Verificable en https://www.boe.es
Segundo ejercicio.
Núm. 115
Martes 13 de mayo de 2025
Sec. II.B. Pág. 61860
4. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica, el Tribunal publicará, con anterioridad a la realización de los
ejercicios, las instrucciones que sea necesario conocer y, en su caso, los criterios de
corrección, valoración y superación de los mismos que sea necesario aplicar y que no
estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
5. Las personas aspirantes serán convocadas para la realización de los ejercicios
en llamamiento único, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, sin
perjuicio de lo dispuesto en la base Séptima.
6. La oposición constará de los cinco ejercicios siguientes, siendo los cuatro
primeros eliminatorios y el quinto optativo, y que se podrán realizar simultáneamente
para los turnos libre, restringido y de discapacidad:
Primer ejercicio.
Contestación por escrito, durante un tiempo máximo de hora y media, de un
cuestionario de cien preguntas con respuestas alternativas, de las cuales solo una será
correcta.
Las preguntas versarán sobre las materias del temario que se incluye en el bloque II,
Ortografía y gramática, del anexo I. En el cuestionario figurarán cinco preguntas
adicionales de reserva.
Las personas aspirantes podrán llevarse copia de su ejercicio.
En un plazo máximo de tres días hábiles desde la celebración del ejercicio se
publicarán, en la página web de cada Cámara, las preguntas y respuestas correctas y se
abrirá un plazo de tres días hábiles para que puedan presentarse ante el Tribunal
reclamaciones o impugnaciones de las preguntas del ejercicio.
Si como consecuencia de las reclamaciones se anulasen preguntas, se valorarán
tantas preguntas de reserva como preguntas se hayan anulado, en el mismo orden en
que aparecen en el cuestionario.
Si se anulasen más preguntas que el número de preguntas de reserva previstas, se
prorrateará la calificación del ejercicio tomando en consideración el número de preguntas
que fueran válidas.
Contra las resoluciones del Tribunal relativas a la impugnación de preguntas no
cabrá ulterior recurso, sin perjuicio de la posibilidad de recurrir la publicación de las
relaciones de personas aspirantes aprobadas en los términos previstos en la base
Undécima.
Una vez finalizado este plazo de impugnación de preguntas y resueltas por el
Tribunal las reclamaciones planteadas, se procederá a la corrección de la prueba y se
publicará la relación de aspirantes que hayan superado el primer ejercicio de la
oposición.
Consistirá en dos pruebas, en las que la persona aspirante deberá transcribir dos
intervenciones parlamentarias elegidas al azar de entre las propuestas por el Tribunal e
introducir las correcciones lingüísticas y de contenido necesarias para dotar al texto de
coherencia y salvar posibles errores y omisiones de los oradores.
Asimismo, la persona aspirante deberá reflejar las incidencias que, en su caso,
tengan lugar durante las intervenciones y que ayuden a la mejor comprensión del texto.
Se visualizarán los cortes de vídeo y, a continuación, se facilitarán los
correspondientes archivos de audio con función de avance y retroceso y regulación de la
velocidad de reproducción. Para la transcripción y la redacción se utilizará ordenador,
que se facilitará a las personas aspirantes, con procesador de textos Word. No estarán
habilitados ni el corrector ortográfico ni otras ayudas a la redacción. No se permitirá la
utilización de diccionario ni la navegación por internet.
El Tribunal podrá facilitar a los opositores el material necesario para la toma de notas
durante la reproducción de los vídeos.
cve: BOE-A-2025-9294
Verificable en https://www.boe.es
Segundo ejercicio.