Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Real Federación Española de Tenis de Mesa. Estatutos. (BOE-A-2025-9613)
Resolución de 10 de abril de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Tenis de Mesa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117

Jueves 15 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 63451

Mesa (ITTF), o de la Federación Europea de Tenis de Mesa (ETTU), o de la propia
RFETM, o de la legislación deportiva estatal, o del ordenamiento jurídico general.
d) Por cualesquiera otras causas que se establezcan por cualesquiera otras
normas de rango superior a los estatutos de la RFETM.
2. La decisión final sobre la propuesta de separación o desintegración recaerá en la
Asamblea General de la RFETM, cuyos acuerdos al respecto deberán ser ratificados por
el Consejo Superior de Deportes antes de su inscripción en el Registro Estatal de
Entidades Deportivas. Para ello, la RFETM deberá comunicar dichos acuerdos al
Consejo Superior de Deportes, a los efectos de que este organismo verifique su
adecuación y cumplimiento de lo dispuesto en la vigente Ley del deporte y en sus
normas de desarrollo. La resolución del Consejo Superior de Deportes podrá ser
recurrida en los términos previstos en el artículo 118 de la vigente Ley del deporte.
TÍTULO V
Estructura orgánica general
CAPÍTULO I
Clases de órganos
Artículo 16.
Son órganos de gobierno, representación y gestión de la RFETM, con carácter
necesario, la Presidencia y la Asamblea General.
Artículo 17.
En el seno de la Asamblea General se constituirá una Comisión delegada de
asistencia a la misma.
Artículo 18.
La RFETM podrá tener los siguientes órganos complementarios, y de asistencia a la
Presidencia, de los de gobierno y representación:
a) La Junta Directiva.
b) La Secretaría General.
c) La Gerencia o Dirección ejecutiva.
Artículo 19.
Otros órganos de constitución necesaria en el seno de la RFETM son los siguientes:
Órganos de control:

– Comisión de control económico.
– Comisión de cumplimiento normativo.
– Comisión de seguimiento de los convenios de integración de las federaciones
autonómicas.
b)

Órganos de responsabilidad social:

– Comisión de igualdad.
– Comisión de Tenis de Mesa adaptado para personas con discapacidad.

cve: BOE-A-2025-9613
Verificable en https://www.boe.es

a)