Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-9624)
Resolución de 6 de mayo de 2025, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con Azkuna Zentroa-Alhóndiga Bilbao, Centro de Sociedad y Cultura Contemporánea, SA, para la organización conjunta de la exposición «Marisa González».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 63577
2. Azkuna Zentroa gestionará y abonará el transporte de las Obras del anexo I,
desde el MNCARS (Madrid) a la clausura de la exposición, hasta las instalaciones del
Azkuna Zentroa (Bilbao), y a la clausura de la exposición en su sede, gestionará y
abonará el transporte de Devolución de las Obras del anexo I a los domicilios indicados
por los Prestadores. Dichos costes tendrán la consideración de gasto local.
3. Ambas Partes contratarán a una empresa de transporte acreditada que deberá
cumplir con las garantías habitualmente exigibles para el transporte y manipulación de
obras de arte.
4. Cada Parte asumirá y será responsable de los costes asociados a la
descarga/carga de las obras en su sede, dichos costes se considerarán gastos locales.
8.3
Correos.
Cada Parte gestionará y pagará los gastos derivados de los viajes de los Correos
requeridos por los Prestadores para la supervisión del desembalaje, la manipulación,
instalación y desinstalación y el posterior reempaquetado de las Obras en su sede:
desplazamiento, alojamiento y dietas y/o honorarios. Dichos costes se considerarán
gasto local.
9. Seguro de las obras.
1. Cada parte contratará y abonará una póliza de seguro «clavo a clavo» y «a todo
riesgo» de las Obras según los periodos de préstamo y tramos de transporte bajo su
responsabilidad, de acuerdo con el siguiente reparto:
a. El MNCARS contratará y asumirá una póliza de cobertura desde el embalaje de
las Obras en el domicilio de los Prestadores, durante su estancia en el MNCARS y hasta
la revisión del estado de conservación al reembalaje de las Obras en el MNCARS.
b. Azkuna Zentroa contratará y asumirá una póliza con cobertura desde la revisión
del estado de conservación de las Obras en el reembalaje en el MNCARS y hasta su
devolución a los domicilios de los prestadores al finalizar la exposición en su sede.
2. Los certificados de seguro serán enviados por el MNCARS a los Prestadores
antes de la salida de las Obras y por el Azkuna Zentroa previamente al reembalaje y la
salida de estas del MNCARS.
Manipulaciones e informes sobre el estado de las obras.
1. Las Partes se obligan a no abrir los embalajes hasta que hayan permanecido en
sus sedes durante un periodo mínimo de 24 horas, para permitir su aclimatación. Toda
manipulación deberá ser realizada por personal cualificado en la manipulación de objetos
de arte.
2. Cada Parte, a la llegada y desembalaje de las obras en su sede; así como
reembalaje y salida de las obras de su sede, realizará, con restauradores cualificados,
los informes de estado de conservación de cada una de las piezas.
3. Los informes reflejarán el estado de las obras y cualquier cambio que se
produzca en su estado durante la itinerancia de estas. Los informes, completados y
firmados por los mencionados restauradores también serán firmados, si procediera, por
un representante oficial del prestador (correo).
4. En calidad de primera sede, el MNCARS elaborará los informes de estado de
conservación de las Obras Comunes, incluyendo como mínimo una imagen. Una vez
finalizada la exposición en la sede del MNCARS y chequeados de nuevo los informes de
condición para la salida, estos serán remitidos al Azkuna Zentroa para que se revise el
estado de conservación a partir de esta documentación previa. Los informes y el archivo
fotográfico generado a partir de la revisión de las piezas permanecerán en Azkuna
Zentroa al menos dos años.
cve: BOE-A-2025-9624
Verificable en https://www.boe.es
10.
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 63577
2. Azkuna Zentroa gestionará y abonará el transporte de las Obras del anexo I,
desde el MNCARS (Madrid) a la clausura de la exposición, hasta las instalaciones del
Azkuna Zentroa (Bilbao), y a la clausura de la exposición en su sede, gestionará y
abonará el transporte de Devolución de las Obras del anexo I a los domicilios indicados
por los Prestadores. Dichos costes tendrán la consideración de gasto local.
3. Ambas Partes contratarán a una empresa de transporte acreditada que deberá
cumplir con las garantías habitualmente exigibles para el transporte y manipulación de
obras de arte.
4. Cada Parte asumirá y será responsable de los costes asociados a la
descarga/carga de las obras en su sede, dichos costes se considerarán gastos locales.
8.3
Correos.
Cada Parte gestionará y pagará los gastos derivados de los viajes de los Correos
requeridos por los Prestadores para la supervisión del desembalaje, la manipulación,
instalación y desinstalación y el posterior reempaquetado de las Obras en su sede:
desplazamiento, alojamiento y dietas y/o honorarios. Dichos costes se considerarán
gasto local.
9. Seguro de las obras.
1. Cada parte contratará y abonará una póliza de seguro «clavo a clavo» y «a todo
riesgo» de las Obras según los periodos de préstamo y tramos de transporte bajo su
responsabilidad, de acuerdo con el siguiente reparto:
a. El MNCARS contratará y asumirá una póliza de cobertura desde el embalaje de
las Obras en el domicilio de los Prestadores, durante su estancia en el MNCARS y hasta
la revisión del estado de conservación al reembalaje de las Obras en el MNCARS.
b. Azkuna Zentroa contratará y asumirá una póliza con cobertura desde la revisión
del estado de conservación de las Obras en el reembalaje en el MNCARS y hasta su
devolución a los domicilios de los prestadores al finalizar la exposición en su sede.
2. Los certificados de seguro serán enviados por el MNCARS a los Prestadores
antes de la salida de las Obras y por el Azkuna Zentroa previamente al reembalaje y la
salida de estas del MNCARS.
Manipulaciones e informes sobre el estado de las obras.
1. Las Partes se obligan a no abrir los embalajes hasta que hayan permanecido en
sus sedes durante un periodo mínimo de 24 horas, para permitir su aclimatación. Toda
manipulación deberá ser realizada por personal cualificado en la manipulación de objetos
de arte.
2. Cada Parte, a la llegada y desembalaje de las obras en su sede; así como
reembalaje y salida de las obras de su sede, realizará, con restauradores cualificados,
los informes de estado de conservación de cada una de las piezas.
3. Los informes reflejarán el estado de las obras y cualquier cambio que se
produzca en su estado durante la itinerancia de estas. Los informes, completados y
firmados por los mencionados restauradores también serán firmados, si procediera, por
un representante oficial del prestador (correo).
4. En calidad de primera sede, el MNCARS elaborará los informes de estado de
conservación de las Obras Comunes, incluyendo como mínimo una imagen. Una vez
finalizada la exposición en la sede del MNCARS y chequeados de nuevo los informes de
condición para la salida, estos serán remitidos al Azkuna Zentroa para que se revise el
estado de conservación a partir de esta documentación previa. Los informes y el archivo
fotográfico generado a partir de la revisión de las piezas permanecerán en Azkuna
Zentroa al menos dos años.
cve: BOE-A-2025-9624
Verificable en https://www.boe.es
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