Tribunal Constitucional. T.C. Sección del Tribunal Constitucional. Sentencias. (BOE-A-2025-9634)
Sala Primera. Sentencia 90/2025, de 7 de abril de 2025. Recurso de amparo 7364-2024. Promovido por doña Vanesa Grandal Formoso en relación con las resoluciones administrativas y judiciales que desestimaron su petición de revisión y ampliación de la prestación por nacimiento y cuidado de hijo menor, como madre biológica de familia monoparental. Vulneración del derecho a la igualdad ante la ley sin discriminación por razón de nacimiento: resoluciones judiciales y administrativas que aplican una regulación legal declarada inconstitucional en la STC 140/2024, en tanto que omite la posibilidad de que las madres biológicas de familias monoparentales, trabajadoras por cuenta ajena, puedan ampliar su permiso por nacimiento disfrutando del permiso que correspondería al otro progenitor, caso de existir.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Sec. TC. Pág. 63693
pendientes ante el Tribunal Constitucional que resultasen afectados por lo establecido en
el fundamento jurídico 7 de la STC 140/2024, de 6 de noviembre, lo que sucedía en el
presente caso.
7. Por diligencia de ordenación de 11 de febrero de 2025 la Secretaría de Justicia
de la Sala Primera de este tribunal tuvo por personada y parte a la letrada de la
administración de la Seguridad Social en nombre y representación del INSS y de la
TGSS, y dio vista de las actuaciones del presente recurso de amparo a todas las partes
por un plazo común de veinte días para que dentro de dicho término pudieran presentar
las alegaciones que a su derecho conviniera.
8. Por escrito registrado en este tribunal el día 25 de febrero de 2025 la letrada de
la administración de la Seguridad Social suplicó que se tuviera por realizado el
allanamiento a la demanda en el presente recurso de amparo en los mismos términos
expresados en su anterior escrito de 4 de febrero.
9. Por escrito de 6 de marzo de 2025 la representación procesal de la recurrente en
amparo evacuó el trámite de alegaciones conferido, y con mención de la STC 140/2024,
de 6 de noviembre, solicitó que se dictase sentencia estimando la pretensión en los
términos interesados en la demanda de amparo.
10. El 12 de marzo de 2025 el fiscal ante este tribunal presentó escrito de
alegaciones interesando la estimación del recurso de amparo por vulneración del
derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de nacimiento, en relación con la
protección integral de los hijos con independencia de su filiación y conforme a los
convenios internacionales que velan por sus derechos (art. 14 en relación con el art. 39
CE), señalando que debía ganar vigencia la sentencia dictada por el Juzgado de lo
Social núm. 1 de Ferrol, que estimó la demanda de la recurrente declarando su derecho
a la ampliación de la prestación en los términos recogidos en el FJ 7 de la
STC 140/2024, y argumentando la infracción del art. 14 CE de modo coincidente, en lo
esencial, con la doctrina sentada en la citada sentencia. Dicho esto, el fiscal interesa que
se acuerde la anulación de la sentencia núm. 5297/2022, de 23 de noviembre, de la Sala
de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con retroacción de actuaciones
para que por la misma Sala se dicte una nueva resolución respetando el derecho
fundamental vulnerado según resulta de la doctrina constitucional establecida en la
STC 140/2024, de 6 de noviembre.
11. Mediante providencia de 3 de abril de 2025 se acordó señalar el día 7 de los
corrientes para deliberación y votación de la presente sentencia.
II. Fundamentos jurídicos
Objeto del recurso.
El objeto del presente proceso es dilucidar si las resoluciones impugnadas han
ocasionado una discriminación por razón de nacimiento, contraria al art. 14 CE, en
conexión con el art. 39 CE, al aplicar el art. 48.4 del texto refundido de la Ley del estatuto
de los trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre
(LET), en relación con el art. 177 del texto refundido de la Ley general de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (LGSS), con la
redacción dada a los mismos por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas
urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y
hombres en el empleo y la ocupación.
cve: BOE-A-2025-9634
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1.
Núm. 117
Jueves 15 de mayo de 2025
Sec. TC. Pág. 63693
pendientes ante el Tribunal Constitucional que resultasen afectados por lo establecido en
el fundamento jurídico 7 de la STC 140/2024, de 6 de noviembre, lo que sucedía en el
presente caso.
7. Por diligencia de ordenación de 11 de febrero de 2025 la Secretaría de Justicia
de la Sala Primera de este tribunal tuvo por personada y parte a la letrada de la
administración de la Seguridad Social en nombre y representación del INSS y de la
TGSS, y dio vista de las actuaciones del presente recurso de amparo a todas las partes
por un plazo común de veinte días para que dentro de dicho término pudieran presentar
las alegaciones que a su derecho conviniera.
8. Por escrito registrado en este tribunal el día 25 de febrero de 2025 la letrada de
la administración de la Seguridad Social suplicó que se tuviera por realizado el
allanamiento a la demanda en el presente recurso de amparo en los mismos términos
expresados en su anterior escrito de 4 de febrero.
9. Por escrito de 6 de marzo de 2025 la representación procesal de la recurrente en
amparo evacuó el trámite de alegaciones conferido, y con mención de la STC 140/2024,
de 6 de noviembre, solicitó que se dictase sentencia estimando la pretensión en los
términos interesados en la demanda de amparo.
10. El 12 de marzo de 2025 el fiscal ante este tribunal presentó escrito de
alegaciones interesando la estimación del recurso de amparo por vulneración del
derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de nacimiento, en relación con la
protección integral de los hijos con independencia de su filiación y conforme a los
convenios internacionales que velan por sus derechos (art. 14 en relación con el art. 39
CE), señalando que debía ganar vigencia la sentencia dictada por el Juzgado de lo
Social núm. 1 de Ferrol, que estimó la demanda de la recurrente declarando su derecho
a la ampliación de la prestación en los términos recogidos en el FJ 7 de la
STC 140/2024, y argumentando la infracción del art. 14 CE de modo coincidente, en lo
esencial, con la doctrina sentada en la citada sentencia. Dicho esto, el fiscal interesa que
se acuerde la anulación de la sentencia núm. 5297/2022, de 23 de noviembre, de la Sala
de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con retroacción de actuaciones
para que por la misma Sala se dicte una nueva resolución respetando el derecho
fundamental vulnerado según resulta de la doctrina constitucional establecida en la
STC 140/2024, de 6 de noviembre.
11. Mediante providencia de 3 de abril de 2025 se acordó señalar el día 7 de los
corrientes para deliberación y votación de la presente sentencia.
II. Fundamentos jurídicos
Objeto del recurso.
El objeto del presente proceso es dilucidar si las resoluciones impugnadas han
ocasionado una discriminación por razón de nacimiento, contraria al art. 14 CE, en
conexión con el art. 39 CE, al aplicar el art. 48.4 del texto refundido de la Ley del estatuto
de los trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre
(LET), en relación con el art. 177 del texto refundido de la Ley general de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (LGSS), con la
redacción dada a los mismos por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas
urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y
hombres en el empleo y la ocupación.
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