Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-9703)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Instalación fotovoltaica "Pagos de Sierra", y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Huelva».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118
Viernes 16 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 64033
(4) Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas
ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los
«Manuales de Buenas Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales», para cada
una de las actuaciones previstas.
ii)
Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias
para los impactos más significativos
A continuación, se indican aquellas medidas del EsIA que deben ser modificadas: las
medidas adicionales establecidas como consecuencia de las alegaciones e informes
recibidos en el procedimiento que se consideran necesarias para garantizar la protección
del medio ambiente, así como las que se desprenden del análisis técnico realizado por el
órgano ambiental.
Población y salud humana.
(5) Se repondrán los servicios que resulten afectados por las obras como caminos,
conducciones y otros.
(6) Las instalaciones eléctricas cumplirán los límites normativos de exposición a
campos electromagnéticos, tanto en la fase de construcción como en la de operación.
Se adoptarán medidas de diseño y ubicación adecuadas para minimizar la exposición en
áreas sensibles, garantizando la seguridad de la población y el medio ambiente.
Atmósfera, clima y cambio climático.
(7) De forma previa al inicio de las obras se deberá presentar el «Estudio de la
Huella de Carbono» realizado por el promotor tras el proceso de información pública ante
la Oficina Española de Cambio Climático, para su conocimiento y adoptar las medidas
que se consideren oportunas.
(8) Se realizará el riego periódico, compactación de viales y se humedecerán las
zonas afectadas por los movimientos de tierra o desbroces, siempre que sea necesario.
(9) Se limitará la velocidad a 20 km/h y se mantendrán los motores apagados
cuando no estén en uso. Las obras se desarrollarán exclusivamente en horario diurno
para minimizar la afección acústica.
(10) No se instalará alumbrado exterior en la PSFV, a excepción de la asociada a
los edificios auxiliares. Será de baja intensidad y apantallado hacia el suelo, iluminando
exclusivamente el área deseada. Se instalarán interruptores con control de encendido y
apagado de la iluminación según la hora de puesta y salida del sol. Se reducirá el
número de luminarias al mínimo imprescindible y se utilizarán sistemas de iluminación de
la más alta eficiencia.
(11) Se realizará una prospección botánica previa a las obras para identificar todos
los HIC y especies protegidas que existan en el lugar de actuación, incluida la traza de la
LAAT, con especial énfasis en los lugares de ubicación de los apoyos. Las prospecciones
se desarrollarán en épocas propicias para la identificación de todas las especies
protegidas que pueden estar presentes según los trabajos bibliográficos previos. Antes
de comenzar las obras, se llevará a cabo el replanteo de las instalaciones con la
supervisión del organismo competente en medio ambiente de la Junta de Andalucía,
para garantizar la preservación de la vegetación natural, los HIC y las especies de flora
protegida. En cualquier caso, se evitará la eliminación de la capa vegetal en las zonas
en las que aparezcan estas especies. La prospección deberá quedar acreditada dentro
del acta de comprobación del replanteo previo al inicio de las obras, donde deberá
documentarse con material fotográfico e indicar fechas, metodologías empleadas, así
como la cualificación del personal que la realice.
cve: BOE-A-2025-9703
Verificable en https://www.boe.es
Vegetación.
Núm. 118
Viernes 16 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 64033
(4) Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas
ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los
«Manuales de Buenas Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales», para cada
una de las actuaciones previstas.
ii)
Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias
para los impactos más significativos
A continuación, se indican aquellas medidas del EsIA que deben ser modificadas: las
medidas adicionales establecidas como consecuencia de las alegaciones e informes
recibidos en el procedimiento que se consideran necesarias para garantizar la protección
del medio ambiente, así como las que se desprenden del análisis técnico realizado por el
órgano ambiental.
Población y salud humana.
(5) Se repondrán los servicios que resulten afectados por las obras como caminos,
conducciones y otros.
(6) Las instalaciones eléctricas cumplirán los límites normativos de exposición a
campos electromagnéticos, tanto en la fase de construcción como en la de operación.
Se adoptarán medidas de diseño y ubicación adecuadas para minimizar la exposición en
áreas sensibles, garantizando la seguridad de la población y el medio ambiente.
Atmósfera, clima y cambio climático.
(7) De forma previa al inicio de las obras se deberá presentar el «Estudio de la
Huella de Carbono» realizado por el promotor tras el proceso de información pública ante
la Oficina Española de Cambio Climático, para su conocimiento y adoptar las medidas
que se consideren oportunas.
(8) Se realizará el riego periódico, compactación de viales y se humedecerán las
zonas afectadas por los movimientos de tierra o desbroces, siempre que sea necesario.
(9) Se limitará la velocidad a 20 km/h y se mantendrán los motores apagados
cuando no estén en uso. Las obras se desarrollarán exclusivamente en horario diurno
para minimizar la afección acústica.
(10) No se instalará alumbrado exterior en la PSFV, a excepción de la asociada a
los edificios auxiliares. Será de baja intensidad y apantallado hacia el suelo, iluminando
exclusivamente el área deseada. Se instalarán interruptores con control de encendido y
apagado de la iluminación según la hora de puesta y salida del sol. Se reducirá el
número de luminarias al mínimo imprescindible y se utilizarán sistemas de iluminación de
la más alta eficiencia.
(11) Se realizará una prospección botánica previa a las obras para identificar todos
los HIC y especies protegidas que existan en el lugar de actuación, incluida la traza de la
LAAT, con especial énfasis en los lugares de ubicación de los apoyos. Las prospecciones
se desarrollarán en épocas propicias para la identificación de todas las especies
protegidas que pueden estar presentes según los trabajos bibliográficos previos. Antes
de comenzar las obras, se llevará a cabo el replanteo de las instalaciones con la
supervisión del organismo competente en medio ambiente de la Junta de Andalucía,
para garantizar la preservación de la vegetación natural, los HIC y las especies de flora
protegida. En cualquier caso, se evitará la eliminación de la capa vegetal en las zonas
en las que aparezcan estas especies. La prospección deberá quedar acreditada dentro
del acta de comprobación del replanteo previo al inicio de las obras, donde deberá
documentarse con material fotográfico e indicar fechas, metodologías empleadas, así
como la cualificación del personal que la realice.
cve: BOE-A-2025-9703
Verificable en https://www.boe.es
Vegetación.