Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-9703)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Instalación fotovoltaica "Pagos de Sierra", y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Huelva».
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 118

Viernes 16 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 64038

(50) Una vez terminadas las obras, los lodos procedentes de la balsa de
sedimentación o el material de absorción de los derrames de aceites y combustibles
se gestionarán conforme a la legislación vigente acerca de residuos peligrosos, y tanto
la balsa de sedimentación, como el lavadero o la zona de cambio de aceite deberán
ser desmantelados. Todos los residuos producidos en la obra serán clasificados y
segregados en su origen. Los residuos peligrosos serán tratados según indique la
legislación y se contactará con un gestor autorizado de residuos por la Comunidad
Autónoma, que se encargará de su tratamiento y gestión.
(51) Se habilitará un «punto verde» en la instalación, en el que albergar los
residuos antes de su recogida por parte de un gestor autorizado. Las superficies sobre
las que se dispongan los residuos serán totalmente impermeables para evitar afección a
las aguas subterráneas. Al respecto de los posibles residuos líquidos peligrosos que se
generen con motivo de la actuación, se adoptarán las medidas adecuadas para evitar la
contaminación del agua, estableciendo áreas específicas acondicionadas, delimitadas e
impermeables para las actividades que puedan causar más riesgo, como puede ser el
cambio de aceite de la maquinaria o vehículos empleados.
Paisaje.
(52) Se llevará a cabo la implantación de una barrera de integración paisajística
que deberá estar compuesta por diferentes especies de flora pertenecientes a la serie de
vegetación correspondiente a la zona natural y los individuos se dispondrán en forma de
bosquete, y no de manera lineal, para favorecer el tránsito de fauna a través de la misma
y la conectividad del ecosistema. Su composición y características se consensuarán con
el organismo autonómico competente, de acuerdo con las prescripciones aplicables
incluidas en el apartado dedicado a vegetación de este condicionado.
(53) Se elaborará un plan de restauración paisajística que se implementará al
finalizar las obras, donde se recojan de una manera pormenorizada las actuaciones
de instalación y mantenimiento de la plantación de la pantalla perimetral interior y las
teselas de vegetación del interior de la PSFV. Su contenido se consensuará con los
organismos competentes de la Junta de Andalucía.
(54) Se procederá a la restauración paisajística de cualquier zona del entorno
afectada durante las obras y no necesaria para el normal funcionamiento de la
explotación. Se procederá a la limpieza general de las áreas afectadas, retirando
las instalaciones temporales, los restos de residuos y los escombros, que se depositarán
en vertederos controlados e instalaciones adecuadas para su tratamiento.

(55) Según indica la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Huelva,
se deberá realizar una prospección arqueológica de carácter superficial en los
aproximadamente 28 km de la línea de evacuación que no ha podido ser prospectada
por imposibilidad de acceso a las fincas afectadas.
(56) Se deberá realizar el control arqueológico de movimientos de tierra,
especialmente en las superficies no prospectadas. En caso de documentarse la
existencia de niveles arqueológicos en el transcurso de la actividad, deberá comunicarse
al técnico de la Delegación Territorial designado para llevar a cabo las tareas de
inspección, para que valore las siguientes actuaciones a realizar. Las obras proyectadas
estarán sujetas a la evaluación de los resultados obtenidos por parte del organismo
autonómico competente.
(57) Si se produjera un hallazgo arqueológico casual, será obligada la
comunicación a la Delegación Territorial competente en materia de Cultura y Patrimonio
Histórico en el transcurso de 24 horas, en los términos del artículo 50 de la Ley 14/2007,
de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, y tal y como establece el
artículo 81.1 del Decreto 19/1995, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento
de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía.

cve: BOE-A-2025-9703
Verificable en https://www.boe.es

Patrimonio cultural y vías pecuarias.
Podrás leer todo el contenido en la fuente oficial del Boletín Oficial del Estado en 30 segundos

Únicamente los usuarios registrados tienen sin esperas (y más ventajas) a la información oficial.

Iniciar sesión Crear cuenta Registrarse ahora es gratis (no lo será siempre), muy rápido y sencillo.