Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-9703)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Instalación fotovoltaica "Pagos de Sierra", y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Huelva».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de mayo de 2025

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de barbechos, incentivos al ganado ovino y la creación de nuevos puntos de agua.
Además, se llevará un control de la matorralización en un área de unas 342 ha, más
alejada de la implantación y también representada en uno de los croquis, donde se
realizarán labrados anuales para evitar la proliferación de jara y manejo de barbechos y
ganado ovino.
La Delegación Provincial en Huelva de la Consejería de Sostenibilidad y Medio
Ambiente de la Junta de Andalucía valora positivamente la documentación aportada por
el promotor, si bien, teniendo en cuenta las posibles afecciones a la avifauna esteparia
detectada, concretamente a ganga ortega, concluye que el proyecto podrá ejecutarse
siempre que, con anterioridad al inicio de los trabajos, se presenten ante esa
Administración, para su aprobación, los siguientes planes:
A) Plan de ordenación integral de la finca que considere los usos actuales y
previsibles usos futuros compatibles con los valores naturales de la misma como
ecosistema, considerando la creación de ámbitos de amortiguación alrededor de las
zonas de mayor interés estepario. Incluirá cartografía detallada de la zonificación. Será
suscrito por un equipo multidisciplinar de personas profesionales entre las que deben
hallarse las que dispongan de titulación universitaria competente en ingeniería del medio
natural, de gestión de especies de fauna y flora y de manejo de ecosistemas. Deberá ser
realizado de manera conjunta con la ordenación cinegética de la finca, dado que se trata
actualmente de un coto de caza. El actual plan técnico de caza deberá ser modificado de
acuerdo con la nueva superficie que será ocupada por la planta solar, dado que esta
quedará vedada.
B) Plan específico que establezca una serie de medidas compensatorias como
consecuencia de la ejecución del proyecto, que se integrará en el plan técnico para la
constitución de una Reserva Ecológica de una extensión mínima de 600 ha, que se
considere de mayor valor para albergar las especies esteparias críticas. Dicha reserva
ecológica se constituirá de acuerdo con el artículo 11 del Decreto 23/2012, de 14 de
febrero, por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y la fauna
silvestres y sus hábitats.
C) Plan específico de gestión cinegética, que incluirá una serie de medidas
compensatorias para la mejora del hábitat en una superficie mínima de 300 ha, que
podrá formar parte del actual coto de caza o bien constituir un coto separado del actual.
Para este espacio se efectuará un seguimiento y control específico que proporcione
fuente de conocimiento para la obtención de datos sobre la biodiversidad existente y su
evolución en el tiempo, en comparación con los que se obtengan en la reserva ecológica
antes referida. Este plan será elaborado por una o varias personas tituladas universitarias
en ingeniería del medio natural. En la planificación cinegética tendrá especial consideración
la conservación de la fauna, pudiendo efectuarse un aprovechamiento cinegético
racional y sostenible cuando se exceda la capacidad máxima admisible o capacidad
biocinegética del hábitat para todas las especies cazables, y en todo caso, de manera
particular para la perdiz roja, cuando se constate fehacientemente que se supera una
densidad de una perdiz por cada hectárea. En este terreno sólo se podrán practicar
las modalidades de caza en mano o al salto y no se podrán efectuar sueltas ni
repoblaciones con ninguna especie, con objeto de que se estudie la evolución de
las poblaciones exclusivamente naturales, sirviendo de reservorio de las especies
autóctonas. Se establecerán puntos de agua mediante al menos cinco charcas y
pequeñas zonas de refugio con vegetación natural. Se efectuarán siembras de herbáceas
de manera permanente en 50 ha cada año, rotando anualmente.
Para la elaboración de estos planes, el organismo establece que las medidas
compensatorias deberán estar definidas, identificadas en cartografía de detalle,
planificadas en el tiempo y presupuestadas por partidas separadas, atendiendo a las
siguientes directrices y siguiendo las propuestas del estudio anual de avifauna:
eliminación mecanizada de matorral de jaras y labrado del terreno; establecimiento de
parcelas de cultivo en al menos 200 ha anuales repartidas en las superficies indicadas

cve: BOE-A-2025-9703
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Núm. 118