Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-9776)
Resolución de 26 de marzo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad accidental de Inca n.º 1, por la que, tras la tramitación del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, constando oposición de un colindante registral, se suspende la inscripción de la georreferenciación pretendida por el promotor y ahora recurrente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Sábado 17 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 64310

– Al Sudeste con el camino catastral 07017A00409006;
– Al Sudoeste con la citada carretera (…), catastral 07017A00409005.
La porción Sur de la finca se corresponde con la parcela catastral 07017A00400264,
con una cabida de 9729 m2. Linda:
Al Noreste con la citada carretera (…), catastral 07017A00409005;
Al sudeste con la parcela catastral 07017A00400268 de F. C. F.;
Al Sudoeste con el camino (…), catastral 07017A00409007;
Al Noroeste con la parcela catastral 07017A00400265 de B. M. S.

En la porción Norte se ubica la casa antigua del predio con sus dependencias,
piscina y pozo. La casa se desarrolla en dos crujías en planta baja y planta primera con
una superficie por cada planta de 162.03 m2. Anexo por el Sur tiene un garage [sic]
de 36.96 m2. Al Oeste hay un cuarto técnico eléctrico de 9.76 m2. Delante de la fachada
principal al Este se ubica el horno con una superficie de 15.96 m2, con un porche
de 14.40 m2 de planta. Junto al porche se ubica la cisterna cuyo brocal tiene una
superficie de 0.64 m2. Esta cisterna recoge las aguas de las techumbres del conjunto en
una canal que circunda la casa desde el Oeste, por el Norte hasta la fachada Sur de la
casa, por encima de los establos de la finca segregada la registral 3373.
En el jardín al Este de la casa se ubica la piscina con lámina da [sic] agua
de 35.28 m2. La piscina tiene un cuarto técnico de depuración soterrado de 8.36 m2.
Al Este se ubica el pozo de agua perforado con concesión de Recursos Hídricos
AAS 9338.
Al Oeste, anexo al muro delimitador de la finca, se ubica un edificio “sestador”
ganadero de 39.73 m2 de planta.
La huella total de las construcciones es de 323.12 m2.
Catastro data la casa en el año 1800. Se acredita la existencia de la casa y sus
dependencias en 1956 por las ortofotos que proporciona la IDEIB del Govern Balear.
La piscina se construyó con el proyecto del año 1997. Tiene una antigüedad de más
de 26 años.
Segundo. Que no siendo las descripciones registrales y catastrales correctas y
adecuada a la realidad, pretende la concordancia entre el Registro de la Propiedad y la
realidad física extrarregistral, con la coordinación ulterior con Catastro, mediante la
incorporación de la base gráfica catastral incorporada al informe que se acompaña, junto
con la representación gráfica alternativa de la finca, que se adjunta en formato GML, y
sobre la base de la cartografía catastral.
Tercero. En 1999 el padre de Don A. R. V., Don M. R. B., practicó una segregación
en la finca registral 178, al Este de la misma de una cabida de 49462 m² en la escritura
de segregación n.º 1068 ante el Notario de Muro en Sineu Don Fco. Javier Moreno Clar,
de fecha 7/5/1999, en la que se protocoliza el certificado municipal de dividir la parcela
catastral 292, detallando la segregación en la solicitud de licencia al ayuntamiento de
Costix en mapa:
[se inserta imagen].
El Ayuntamiento de Costitx ratifica el 19/7/2024 el certificado con la licencia de
segregación emitido en 1998 de la división en dos mitades de la parcela 292, que se
protocoliza en la escritura n.º 886 de la Notaria Llompart:
[se inserta imagen].
En ese momento de 1998 la finca registral 178 ya estaba atravesada por el trazado
actual de la carretera (…), por lo que a la finca registral 178 le correspondían las
parcelas catastrales 292 y 264 del polígono 4 (según la fotografía retintada del Catastro
de 1956 que proporciona el archivo electrónico del Catastro):
[se inserta imagen].
La cabida de la finca no era de 98925 m2 sino la suma de las dos parcelas
catastrales, esto es 101525 m2 para la parcela 292 al Norte de la carretera, y de 10798
m2 para la parcela 264, que suman 112323 m2.

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