Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-9798)
Resolución de 30 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Decreto 56/25, de 22 de abril, de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, relativo al VI Convenio colectivo estatal de empresas de trabajo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 119

Sábado 17 de mayo de 2025

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aprobados por aquél tendrán, a todos los efectos legales, la consideración de
conciliación judicial. Por su parte, el artículo 166.3 de la misma ley procesal dispone que,
cuando la sentencia sea anulatoria, en todo o en parte, del convenio colectivo
impugnado y éste hubiera sido publicado, también se publicará en el Boletín Oficial en
que aquél se hubiere insertado. A estos efectos, el acuerdo anulatorio alcanzado en la
avenencia produce el mismo resultado que si la anulación hubiera sido declarada
judicialmente, de modo que ha de dársele el mismo trámite de inscripción y publicación.
En consecuencia, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del acuerdo reflejado en el Decreto de la Letrada de la
Administración de Justicia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional de 22 de abril
de 2025, dictado en el procedimiento n.º 65/2025 y relativo al VI Convenio colectivo
estatal de empresas de trabajo temporal (código de convenio n.º 99009525011995), que
fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 28 de diciembre de 2018, en el
correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad dependiente de este Centro Directivo con funcionamiento a través de
medios electrónicos.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de abril de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
AUDIENCIA NACIONAL
Sala de lo Social
Goya, 14 (Madrid).
Tfno: 914007258.
Correo electrónico:
Equipo/usuario: JRM
NIG: 28079 24 4 2025 0000063.
Modelo: N31350 texto libre.
IMC Impugnación de convenios 0000065/2025.
Procedimiento de origen: /
Sobre: Impug. Convenios.
N.º DECRETO: 56/25
Decreto
Letrado/a de la Administración de Justicia doña Marta Jaureguizar Serrano

Antecedentes de hecho
Primero.
El representante de la Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo de la
Unión General de Trabajadores (FESMC-UGT) ha presentado con fecha 19/2/25
demanda de Impug. convenios contra Federación de Servicios de Comisiones Obreras
(CCOO-Servicios), ASEMPLEO, Asociación de Empresas de Trabajo Temporal

cve: BOE-A-2025-9798
Verificable en https://www.boe.es

En Madrid, a veintidós de abril de dos mil veinticinco.