Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Actividades formativas. (BOE-A-2025-9771)
Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convoca a entidades públicas españolas a participar en un proceso de selección de programaciones de capacitación técnica e innovación del Programa Intercoonecta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 17 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 64238
las actividades que conforman las programaciones podrán ser de capacitación técnica,
de innovación o combinar ambos tipos.
El objetivo de las programaciones de capacitación técnica es fortalecer las
instituciones mediante la adquisición o mejora de competencias profesionales y el
desempeño de funciones del personal al servicio de las administraciones públicas de
América Latina y el Caribe. Los enfoques de estas programaciones son:
a) Capacitación práctica: busca que los participantes apliquen lo aprendido,
desarrollando habilidades aplicables en sus puestos de trabajo;
b) Capacitación colaborativa y participativa: promueve el aprendizaje centrado en
las personas y el trabajo en equipo, con participantes asumiendo roles activos en el
intercambio de conocimientos;
c) Expandir conocimiento: pretende difundir el conocimiento ampliamente,
facilitando su acceso a personas de diversos contextos para maximizar el impacto de lo
descubierto, analizado o experimentado.
El objetivo de las programaciones de innovación es incidir en políticas públicas
regionales mediante la generación de conocimiento transformador y el impulso de la
innovación, a través de los siguientes enfoques:
a) Creación o impulso de alianzas o fortalecimiento de redes: potencia las
relaciones entre las personas y organizaciones para generar conversaciones en las que
compartir y multiplicar conocimiento;
b) Detección de oportunidades de proyecto e ideación: identifica líneas de trabajo
que impacten en la región y descubre propuestas innovadoras que puedan convertirse
en nuevas programaciones para futuras convocatorias;
c) Experimentación: reúne a personas de diferentes ámbitos para trabajar de forma
conjunta, en entornos que permitan probar iniciativas novedosas y disruptivas.
Para la identificación y ejecución de estos enfoques, las entidades tienen a su
disposición la guía de «Herramientas para enfocar y desarrollar las programaciones
INTERCOONECTA» https://intercoonecta.aecid.es/herramientas-intercoonecta-2023.
Tanto las programaciones de capacitación técnica como las de innovación deberán
fomentar el cambio y el paso a la acción, así como la incorporación y uso de nuevas
tecnologías, especialmente digitales.
3.2 Las programaciones deberán tener en cuenta los siguientes principios:
a) Deberán estar alineadas con la Agenda 2030 y orientadas a la consecución de
los ODS.
b) Incorporarán los principios transversales de la Cooperación Española recogidos
en el artículo 2 de la Ley 1/2023, de 20 de febrero:
1.º la solidaridad con las personas más desfavorecidas y con las generaciones
futuras en favor del desarrollo sostenible, la erradicación de la pobreza, la cohesión
social y territorial y la lucha contra las desigualdades en el mundo;
2.º el reconocimiento de la interdependencia y la corresponsabilidad de todas las
personas con el desarrollo sostenible y los derechos humanos, en los que se basan los
conceptos de ciudadanía global y de bienes públicos globales;
3.º el reconocimiento del ser humano, en su dimensión individual y colectiva, como
protagonista y destinatario último del desarrollo, con un enfoque basado en los derechos
humanos; la universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos y de las libertades
fundamentales;
4.º la igualdad de género, promovida desde un enfoque feminista, como un
elemento imprescindible, transversal y distintivo de la cooperación;
5.º los derechos de la infancia;
6.º la preservación del planeta, el clima y la biodiversidad; la defensa y el respeto a
la diversidad en todas sus manifestaciones, incluidas la racial, étnica, social, política,
cve: BOE-A-2025-9771
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 119
Sábado 17 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 64238
las actividades que conforman las programaciones podrán ser de capacitación técnica,
de innovación o combinar ambos tipos.
El objetivo de las programaciones de capacitación técnica es fortalecer las
instituciones mediante la adquisición o mejora de competencias profesionales y el
desempeño de funciones del personal al servicio de las administraciones públicas de
América Latina y el Caribe. Los enfoques de estas programaciones son:
a) Capacitación práctica: busca que los participantes apliquen lo aprendido,
desarrollando habilidades aplicables en sus puestos de trabajo;
b) Capacitación colaborativa y participativa: promueve el aprendizaje centrado en
las personas y el trabajo en equipo, con participantes asumiendo roles activos en el
intercambio de conocimientos;
c) Expandir conocimiento: pretende difundir el conocimiento ampliamente,
facilitando su acceso a personas de diversos contextos para maximizar el impacto de lo
descubierto, analizado o experimentado.
El objetivo de las programaciones de innovación es incidir en políticas públicas
regionales mediante la generación de conocimiento transformador y el impulso de la
innovación, a través de los siguientes enfoques:
a) Creación o impulso de alianzas o fortalecimiento de redes: potencia las
relaciones entre las personas y organizaciones para generar conversaciones en las que
compartir y multiplicar conocimiento;
b) Detección de oportunidades de proyecto e ideación: identifica líneas de trabajo
que impacten en la región y descubre propuestas innovadoras que puedan convertirse
en nuevas programaciones para futuras convocatorias;
c) Experimentación: reúne a personas de diferentes ámbitos para trabajar de forma
conjunta, en entornos que permitan probar iniciativas novedosas y disruptivas.
Para la identificación y ejecución de estos enfoques, las entidades tienen a su
disposición la guía de «Herramientas para enfocar y desarrollar las programaciones
INTERCOONECTA» https://intercoonecta.aecid.es/herramientas-intercoonecta-2023.
Tanto las programaciones de capacitación técnica como las de innovación deberán
fomentar el cambio y el paso a la acción, así como la incorporación y uso de nuevas
tecnologías, especialmente digitales.
3.2 Las programaciones deberán tener en cuenta los siguientes principios:
a) Deberán estar alineadas con la Agenda 2030 y orientadas a la consecución de
los ODS.
b) Incorporarán los principios transversales de la Cooperación Española recogidos
en el artículo 2 de la Ley 1/2023, de 20 de febrero:
1.º la solidaridad con las personas más desfavorecidas y con las generaciones
futuras en favor del desarrollo sostenible, la erradicación de la pobreza, la cohesión
social y territorial y la lucha contra las desigualdades en el mundo;
2.º el reconocimiento de la interdependencia y la corresponsabilidad de todas las
personas con el desarrollo sostenible y los derechos humanos, en los que se basan los
conceptos de ciudadanía global y de bienes públicos globales;
3.º el reconocimiento del ser humano, en su dimensión individual y colectiva, como
protagonista y destinatario último del desarrollo, con un enfoque basado en los derechos
humanos; la universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos y de las libertades
fundamentales;
4.º la igualdad de género, promovida desde un enfoque feminista, como un
elemento imprescindible, transversal y distintivo de la cooperación;
5.º los derechos de la infancia;
6.º la preservación del planeta, el clima y la biodiversidad; la defensa y el respeto a
la diversidad en todas sus manifestaciones, incluidas la racial, étnica, social, política,
cve: BOE-A-2025-9771
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 119