Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-9892)
Resolución de 9 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del «Proyecto de construcción de las subestaciones eléctricas de tracción, centros de autotransformación asociados, líneas de acometida en alta tensión, línea aérea de contacto y del telemando de energía para el tramo Illescas-Talayuela de la línea L500 Madrid-Extremadura».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 65343
– Valoración de implantar dispositivos o apoyos alternativos para la nidificación en
puntos alejados de las instalaciones de catenaria y traslado del nido para incrementar la
efectividad de la medida.
– Cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto,
por el que se establecen las normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas
aéreas con objeto de proteger la avifauna.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha, tras una consulta realizada por el promotor, informa de la
presencia en 2023 de un nido de águila imperial ibérica a 730 m de la 501.SE Torrijos y
a 670 m de la línea de acometida. Asimismo, constata la presencia de otro nido a 5,7 km
de la 502.SE Calera y Chozas y a 4 km del ATI 502.3. La citada Dirección General
considera que la construcción de la 501.SE Torrijos podría tener un impacto negativo
sobre esta pareja reproductora y establece que, entre los meses de febrero y julio,
ambos incluidos, no se podrán llevar a cabo en esta zona las obras más importantes,
como el acondicionamiento de accesos, el transporte y acopio de materiales y
maquinaria, la explanación y acondicionamiento del terreno, la obra civil y la restauración
del terreno. En caso de que la prospección de avifauna realizada antes del inicio de las
obras determinase la necesidad de alargar la parada biológica hasta agosto o
septiembre, en función del momento de la puesta, con la finalidad de asegurar la
supervivencia de los pollos, deberá informarse al director de obra, que modificará el
calendario. Además, se balizará la zona de protección del nido en las zonas que limite
con las obras y se informará a los trabajadores para evitar que se sobrepase la zona de
protección. Se añaden prescripciones al final de esta resolución.
El promotor ha establecido un radio de seguridad de 500 m desde el nido, en el que
no se podrá realizar ningún tipo de actuación, y un área sensible de 800 m para usos
limitados. Además, realizará un seguimiento del nido y, en caso de que la pareja o
individuo haya abandonado el nido en el momento de la prospección, las restricciones de
las obras más ruidosas se reducirán al periodo entre marzo y mayo.
En caso de que exista presencia de la especie, se mantendrá la limitación desde
febrero a julio y se determinará la necesidad de retrasar el inicio de las obras hasta
finales de septiembre para asegurar la supervivencia de los pollos. Además, el promotor
instalará en la línea de acometida de la SE.501 Torrijos de 55 kV, crucetas de 220 kV,
que presentan mayor distancia entre circuitos y elementos de tensión.
Por otra parte, el Servicio de Fauna Amenazada de Toledo ha confirmado la
presencia de individuos divagantes y parejas reproductoras de lince ibérico (Lynx
pardinus) catalogado «en peligro de extinción» en el CREACM y el CEEA y que cuenta
con un plan de recuperación en Castilla-La Mancha (Decreto 276/2003). Estos individuos
pueden aparecer cerca o dentro del área de estudio, a menos de 300 m del trazado del
proyecto, entre los pp.kk. 117+554 y 121+554. El principal impacto se producirá durante
el celo, entre los meses de enero y febrero.
El promotor realizará una prospección específica de lince ibérico antes del inicio de
las obras, tomando las medidas correctoras que sean necesarias. Además, realizará
censos que comenzarán a mediados de junio y terminarán entre febrero y marzo.
Este órgano ambiental considera necesaria la limitación de las obras durante el
periodo reproductor del lince ibérico, por lo que se añade una prescripción al respecto.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha establece las siguientes condiciones en su informe:
– Los nuevos apoyos que se instalarán para el suministro de energía eléctrica
deberán cumplir con lo establecido en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, y en
el Decreto 5/1999, de 2 de febrero de 1999, Consejo de Gobierno, por el que se
establecen normas para instalaciones eléctricas aéreas en alta tensión y líneas aéreas
en baja tensión con fines de protección de la avifauna.
cve: BOE-A-2025-9892
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 120
Lunes 19 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 65343
– Valoración de implantar dispositivos o apoyos alternativos para la nidificación en
puntos alejados de las instalaciones de catenaria y traslado del nido para incrementar la
efectividad de la medida.
– Cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto,
por el que se establecen las normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas
aéreas con objeto de proteger la avifauna.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha, tras una consulta realizada por el promotor, informa de la
presencia en 2023 de un nido de águila imperial ibérica a 730 m de la 501.SE Torrijos y
a 670 m de la línea de acometida. Asimismo, constata la presencia de otro nido a 5,7 km
de la 502.SE Calera y Chozas y a 4 km del ATI 502.3. La citada Dirección General
considera que la construcción de la 501.SE Torrijos podría tener un impacto negativo
sobre esta pareja reproductora y establece que, entre los meses de febrero y julio,
ambos incluidos, no se podrán llevar a cabo en esta zona las obras más importantes,
como el acondicionamiento de accesos, el transporte y acopio de materiales y
maquinaria, la explanación y acondicionamiento del terreno, la obra civil y la restauración
del terreno. En caso de que la prospección de avifauna realizada antes del inicio de las
obras determinase la necesidad de alargar la parada biológica hasta agosto o
septiembre, en función del momento de la puesta, con la finalidad de asegurar la
supervivencia de los pollos, deberá informarse al director de obra, que modificará el
calendario. Además, se balizará la zona de protección del nido en las zonas que limite
con las obras y se informará a los trabajadores para evitar que se sobrepase la zona de
protección. Se añaden prescripciones al final de esta resolución.
El promotor ha establecido un radio de seguridad de 500 m desde el nido, en el que
no se podrá realizar ningún tipo de actuación, y un área sensible de 800 m para usos
limitados. Además, realizará un seguimiento del nido y, en caso de que la pareja o
individuo haya abandonado el nido en el momento de la prospección, las restricciones de
las obras más ruidosas se reducirán al periodo entre marzo y mayo.
En caso de que exista presencia de la especie, se mantendrá la limitación desde
febrero a julio y se determinará la necesidad de retrasar el inicio de las obras hasta
finales de septiembre para asegurar la supervivencia de los pollos. Además, el promotor
instalará en la línea de acometida de la SE.501 Torrijos de 55 kV, crucetas de 220 kV,
que presentan mayor distancia entre circuitos y elementos de tensión.
Por otra parte, el Servicio de Fauna Amenazada de Toledo ha confirmado la
presencia de individuos divagantes y parejas reproductoras de lince ibérico (Lynx
pardinus) catalogado «en peligro de extinción» en el CREACM y el CEEA y que cuenta
con un plan de recuperación en Castilla-La Mancha (Decreto 276/2003). Estos individuos
pueden aparecer cerca o dentro del área de estudio, a menos de 300 m del trazado del
proyecto, entre los pp.kk. 117+554 y 121+554. El principal impacto se producirá durante
el celo, entre los meses de enero y febrero.
El promotor realizará una prospección específica de lince ibérico antes del inicio de
las obras, tomando las medidas correctoras que sean necesarias. Además, realizará
censos que comenzarán a mediados de junio y terminarán entre febrero y marzo.
Este órgano ambiental considera necesaria la limitación de las obras durante el
periodo reproductor del lince ibérico, por lo que se añade una prescripción al respecto.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha establece las siguientes condiciones en su informe:
– Los nuevos apoyos que se instalarán para el suministro de energía eléctrica
deberán cumplir con lo establecido en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, y en
el Decreto 5/1999, de 2 de febrero de 1999, Consejo de Gobierno, por el que se
establecen normas para instalaciones eléctricas aéreas en alta tensión y líneas aéreas
en baja tensión con fines de protección de la avifauna.
cve: BOE-A-2025-9892
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 120