Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-10056)
Resolución de 15 de abril de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Madrid n.º 24 a inscribir una escritura de dación para pago de deuda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 122

Miércoles 21 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 66136

Sexto.
Se advierte lo que parece ser una omisión, ya que no aparece incorporado el
anexo 1 relacionado en la escritura.
Contra esta calificación (…).
Madrid Este documento ha sido firmado con firma electrónica cualificada por José
Ángel Gutiérrez García registrador/a titular de Registro de la Propiedad de Madrid n.º 24
a día diecinueve de noviembre del dos mil veinticuatro».
III
Contra la anterior nota de calificación, don C. A. A., en nombre y representación y
como administrador único de «Fsadecv España, S.L.U.», interpuso recurso el día 17 de
enero de 2025 mediante escrito en el que alegaba lo siguiente:
«Fundamentos de hecho.
Previo.

Sobre los antecedentes del supuesto.

Resulta obligada una introducción para poner en contexto el otorgamiento el título
que se presenta a inscripción, atendiendo especialmente a los documentos
contradictorios presentados al Registro al que nos dirigimos y que se han tenido en
cuenta al tiempo de adoptar la calificación impugnada.
1.

Ficrea S.A. de C.V.

2.

Los activos españoles.

A instancias del síndico de Ficrea, con el conocimiento y control del Juzgado que
conoce del concurso, se iniciaron actuaciones judiciales tendentes a la recuperación de
activos para su liquidación en sede concursal y con su producto restituir las aportaciones
de los ahorradores, identificándose el procedimiento principal seguido frente a varios
integrantes de Ficrea, entre ellos el propio Don R. A. O. A. –insistimos, socio titular
directo del 51 % de Leadman España e indirecto a través de la sociedad mexicana

cve: BOE-A-2025-10056
Verificable en https://www.boe.es

Ficrea, S.A. de C.V. (en adelante “Ficrea”), es una sociedad de nacionalidad
mexicana, constituida el 28 de febrero de 2005 como sociedad financiera popular (en
adelante “SOFIPO”) avalada y supervisada por la Comisión Nacional Bancaria y de
Valores (en adelante “CNBV”) de México, cuyo accionista principal y presidente del
consejo era Don R. A. O. A. –socio directo del 51 % de cuota de la sociedad Leadman
Trade España, S.L. (en adelante “Leadman España”) e indirecto en un 49 % a través de
Leadman Trade, S.A. de C.V., a nombre de quien figuran inscritos los inmuebles ante el
Registro al que nos dirigimos–.
El 7 de noviembre de 2014 Ficrea fue intervenida por la CNBV por irregularidades en
su funcionamiento. Más concretamente la CNBV identificó que Ficrea utilizaba, entre
otras sociedades, a la mercantil Leadman Trade, S.A. de C.V. –sociedad a su vez
participada en un 99,99 % por el Sr. O. A. y que titula el 49 % de la sociedad española
Leadman España, titular registral de los inmuebles inscritos en el Registro al que nos
dirigimos– para realizar triangulación no transparente de los recursos de Ficrea, los
cuales a su vez provenían de los ahorradores mexicanos (…).
A finales de 2015 y con motivo de la situación a la que se vio abocada Ficrea a
resultas de las citadas operaciones, se acordó su disolución y liquidación en el proceso
concursal tramitado ante el Juzgado Decimocuarto de Distrito en Materia Civil del Distrito
Federal de México, recayendo actualmente la condición de síndico (equiparable a la
administración concursal) en la persona de Don M. E. (...)