Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-10130)
Resolución de 19 de mayo de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0, especialidad Tareas Complementarias de Apoyo, sujeto al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, en plazas reservadas para personas que acrediten discapacidad intelectual.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123
Jueves 22 de mayo de 2025
1.
Sec. II.B. Pág. 67812
Fase de oposición
La fase de oposición constará de un ejercicio que consistirá en la realización de un
cuestionario de 25 preguntas más 5 preguntas de reserva, con tres respuestas
alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Las preguntas versarán sobre los
contenidos del programa que figura en el anexo V y estarán redactadas de forma que se
facilite su comprensión por la persona aspirante.
Las respuestas erróneas no penalizarán.
Las personas aspirantes contarán con 75 minutos para realizar este ejercicio.
La puntuación máxima que se podrá conseguir es de 100 puntos. Se deberá
conseguir al menos 50 puntos para superar el ejercicio. Cada pregunta tendrá un valor
de 4 puntos.
El Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios
de corrección, valoración y superación de la misma que no estén expresamente
establecidos en las bases de esta convocatoria.
La plantilla correctora se hará pública en el plazo máximo de dos días hábiles
contados desde la finalización del ejercicio. En el plazo de dos días hábiles a partir del
día siguiente a la publicación de la plantilla podrán presentarse alegaciones en la forma
que establezca el Tribunal Calificador, que se entenderán contestadas mediante la
publicación de la plantilla correctora definitiva. No se admitirán alegaciones fuera de
plazo ni presentadas por cualquier otro medio distinto del indicado.
Publicada la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición, el
Tribunal, en función de la puntuación obtenida, determinará el número de personas
candidatas que participará en la fase de concurso, debiendo ser al menos de tres por
cada plaza convocada en cada localidad.
2.
Fase de concurso
En esta fase, en la que solo podrán participar quienes hayan superado la fase de
oposición y hayan sido requeridos por el Tribunal, se valorarán hasta un máximo de 5
puntos, los siguientes méritos, que habrán de poseerse a la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes:
a)
Méritos profesionales: La puntuación máxima será de 3 puntos.
– Experiencia profesional en puestos de trabajo de ordenanza, subalterno, conserje,
portero, ujier, botones o bedel u otras denominaciones semejantes, cuyas funciones se
correspondan con las de la especialidad «Tareas complementarias de apoyo»: 0,05
puntos por mes completo de servicios, a jornada completa.
– Experiencia profesional en puestos de trabajo diferentes a los anteriores: 0,025
puntos por mes completo de servicios, a jornada completa.
(Los servicios efectivos prestados en jornadas inferiores a la completa se valorarán
proporcionalmente).
1. Los servicios prestados en las Administraciones Públicas, mediante el certificado
de méritos emitido por la unidad de personal correspondiente, según modelo que figura
como anexo VI de esta convocatoria, no valorándose ninguna experiencia profesional
que no conste en dicho anexo.
2. Los servicios prestados fuera de las Administraciones Públicas, con el
Certificado de Vida Laboral emitido por el órgano competente de la Seguridad Social y
copia del contrato/s de trabajo de los que se derive dicha experiencia o de las nóminas
del periodo acreditado, debiendo figurar claramente en las mismas la categoría
desempeñada, no pudiéndose acreditar en ningún caso esta experiencia profesional
mediante el anexo VI o mediante cualquier otro tipo de certificado de funciones.
cve: BOE-A-2025-10130
Verificable en https://www.boe.es
Forma de acreditación:
Núm. 123
Jueves 22 de mayo de 2025
1.
Sec. II.B. Pág. 67812
Fase de oposición
La fase de oposición constará de un ejercicio que consistirá en la realización de un
cuestionario de 25 preguntas más 5 preguntas de reserva, con tres respuestas
alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Las preguntas versarán sobre los
contenidos del programa que figura en el anexo V y estarán redactadas de forma que se
facilite su comprensión por la persona aspirante.
Las respuestas erróneas no penalizarán.
Las personas aspirantes contarán con 75 minutos para realizar este ejercicio.
La puntuación máxima que se podrá conseguir es de 100 puntos. Se deberá
conseguir al menos 50 puntos para superar el ejercicio. Cada pregunta tendrá un valor
de 4 puntos.
El Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios
de corrección, valoración y superación de la misma que no estén expresamente
establecidos en las bases de esta convocatoria.
La plantilla correctora se hará pública en el plazo máximo de dos días hábiles
contados desde la finalización del ejercicio. En el plazo de dos días hábiles a partir del
día siguiente a la publicación de la plantilla podrán presentarse alegaciones en la forma
que establezca el Tribunal Calificador, que se entenderán contestadas mediante la
publicación de la plantilla correctora definitiva. No se admitirán alegaciones fuera de
plazo ni presentadas por cualquier otro medio distinto del indicado.
Publicada la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición, el
Tribunal, en función de la puntuación obtenida, determinará el número de personas
candidatas que participará en la fase de concurso, debiendo ser al menos de tres por
cada plaza convocada en cada localidad.
2.
Fase de concurso
En esta fase, en la que solo podrán participar quienes hayan superado la fase de
oposición y hayan sido requeridos por el Tribunal, se valorarán hasta un máximo de 5
puntos, los siguientes méritos, que habrán de poseerse a la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes:
a)
Méritos profesionales: La puntuación máxima será de 3 puntos.
– Experiencia profesional en puestos de trabajo de ordenanza, subalterno, conserje,
portero, ujier, botones o bedel u otras denominaciones semejantes, cuyas funciones se
correspondan con las de la especialidad «Tareas complementarias de apoyo»: 0,05
puntos por mes completo de servicios, a jornada completa.
– Experiencia profesional en puestos de trabajo diferentes a los anteriores: 0,025
puntos por mes completo de servicios, a jornada completa.
(Los servicios efectivos prestados en jornadas inferiores a la completa se valorarán
proporcionalmente).
1. Los servicios prestados en las Administraciones Públicas, mediante el certificado
de méritos emitido por la unidad de personal correspondiente, según modelo que figura
como anexo VI de esta convocatoria, no valorándose ninguna experiencia profesional
que no conste en dicho anexo.
2. Los servicios prestados fuera de las Administraciones Públicas, con el
Certificado de Vida Laboral emitido por el órgano competente de la Seguridad Social y
copia del contrato/s de trabajo de los que se derive dicha experiencia o de las nóminas
del periodo acreditado, debiendo figurar claramente en las mismas la categoría
desempeñada, no pudiéndose acreditar en ningún caso esta experiencia profesional
mediante el anexo VI o mediante cualquier otro tipo de certificado de funciones.
cve: BOE-A-2025-10130
Verificable en https://www.boe.es
Forma de acreditación: