Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-10194)
Resolución de 7 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico FV Ekienea de 125,9 MWp y 107,6 MWn, ubicado en el término municipal de Armiñón, y su infraestructura de evacuación en la provincia de Álava».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 123

Jueves 22 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 68141

aseguren la capacidad agrológica de los suelos. La propuesta, que realiza una
valoración del uso actual del suelo y de cómo quedaría tras ella, ha sido elaborada junto
con el Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Álava y cuenta con su
informe favorable. El promotor defiende que la propuesta de diversificación
agroganadera en ecológico conseguirá mantener la vocación de alto valor estratégico de
los suelos de la finca en cuestión. Las actuaciones contempladas consisten en la
introducción de ganadería ovina (400 cabezas), la plantación de frutales (en intensivo y
en extensivo), el establecimiento de una zona hortícola biointensiva (en invernaderos
multitúnel y al aire libre) y de una parcela para cultivo forrajero de 3,1 ha, al SO de la
planta solar fotovoltaica (fuera de los límites del parque). Asimismo, se introducen en el
proyecto modificaciones con el fin de dar cumplimiento a unos condicionantes
establecidos en la declaración ambiental estratégica del Plan especial del parque
fotovoltaico Ekienea en Lacorzana en Armiñón. A este respecto, se elimina una zona de
instalación solar de una parcela al sur de la PSF (parcela 24), en la que se ejecutarán las
infraestructuras asociadas al citado proyecto agroganadero.
La Dirección de Agricultura de la Diputación Foral de Álava cita distintos informes
sectoriales previos a la actual tramitación, en los que se determinó como crítica la
afección al suelo agrario, ya que el proyecto supone la ocupación del 31,3 % de la
superficie de suelo clasificado como de Alto Valor Estratégico del municipio de Armiñón y
remite copia del informe definitivo elaborado por el Servicio de Desarrollo Agrario, donde
recoge las conclusiones de la propuesta, en la que se pasa de una explotación extensiva
de 150 Ha y 3,75 UTAs a una explotación mucho más intensiva de 14,64 Ha y 10,85
UTAs, con lo que se consigue el objetivo de mantener la actividad agroganadera e
incluso mejorarla, para compensar la pérdida de suelo durante el periodo de explotación
fotovoltaica. Asimismo, indica que teniendo en cuenta el compromiso de que los terrenos
de alto valor agrológicos afectados van a volver a su estado original para su explotación
agroganadera una vez finalizada la vida productiva del parque fotovoltaico (25 años), y la
implantación del aprovechamiento y mejora del mismo, informa favorablemente el
proyecto, siempre que se mantenga la actividad agrícola y ganadera en la parcela
afectada.
La Dirección de Agricultura y Ganadería del Gobierno Vasco, en su informe adicional,
indica que el Plan Especial del parque fotovoltaico Ekienea ha sido aprobado
definitivamente por la Orden Foral 148/2023, de 3 de noviembre. En base a la
información contenida en dicha orden, no considera necesario establecer condicionantes
adicionales a los señalados por el Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de
Álava, en el que se precisa la incorporación en el plan especial de la condición de
reversibilidad del suelo agrícola.
Agua.

La PSF Ekienea y la infraestructura de evacuación asociada se sitúan en la
demarcación hidrográfica del Ebro, en las subcuencas hidrográficas del río Zadorra, del
río Bayas y del río Ebro, y en el ámbito de las masas de agua superficiales: río Zadorra
desde las surgencias de Nanclares hasta el río Ayuda» (código ES091405), río Ebro
desde la Prensa de Puentelarrá hasta el río Oroncillo (ES091956), río Zadorra desde el
río Ayuda hasta su desembocadura en el río Ebro, concretamente el final del tramo
modificado de Miranda de Ebro (ES091406); embalse de Puentelarrá (ES09126), río
Bayas desde la captación de abastecimiento a Victoria en el Pozo de Subijana hasta su
desembocadura en el río Ebro (ES091240), y río Ebro desde el río Bayas hasta el río
Zadorra, en el final del tramo modificado de Miranda de Ebro (ES091404), según el
informe remitido por la Confederación Hidrográfica del Ebro.
Al suroeste de la PSF se encuentra la laguna de Lacorzana, incluida en el Grupo II
del Catálogo del Plan Territorial Sectorial de Zonas Húmedas de la Comunidad
Autónoma del País Vasco y en el Inventario Español de Zonas Húmedas. Próxima a ésta
laguna, pero en el ámbito de Castilla y León, están la Laguna de Bayas y el Humedal del
Lago.

cve: BOE-A-2025-10194
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